La construcción pacta el primer plan sectorial de pensiones y un alza salarial del 10% en tres años
El acuerdo regula el nuevo contrato indefinido para esta actividad; amplía los contratos temporales a un año y les aplica la misma indemnización que a los fijos de obra
La patronal y los sindicatos de la construcción comunicaron ayer un preacuerdo para la firma del VII Convenio General del sector, que recoge importantes novedades como un pacto para “la promoción, en su caso, de un Plan de Pensiones de empleo sectorial una vez se promulgue, y desarrolle, la Ley de regulación para el impulso de los planes de pensiones de empleo”, indica el texto preacordado al que ha accedido este periódico. Se trata, por tanto, del primer gran plan de empleo que se consensúa promover adscrito al futuro fondo de promoción pública, cuya regulación se encuentra actualmente en tramitación parlamentaria.
Este convenio –que afectará a cerca de 1 millón de trabajadores de la construcción de toda España– recoge un incremento salarial del 10% que se repartirá entre 2022 y 2024. Concretamente, este pacto general tendrá una duración de cinco años, “pero los incrementos salariales serán firmados a tres años, dejando la concreción de los dos últimos una vez analizada la situación económica de España a la vista de los problemas de desabastecimiento y la crisis por el conflicto bélico en Ucrania”, explican los firmantes. Según esto, el reparto de los incrementos salariales será el siguiente: un alza del 4,0% para el año 2022, 3,0% para el año 2023, y 3,0% para el año 2024. Si bien, el texto precisa que, de estos aumentos de sueldos “cuando se formalice el indicado Plan de Pensiones, una parte se destinaría a aportaciones al Plan de Pensiones que se promueva”.
Los negociadores, han previsto una compensación por el alza del IPC que no será retroactiva. Así, recogen una cláusula de garantía salarial “que tendrá en cuenta el promedio de los Índices de Precios al Consumo de los indicados años, y cuyo exceso fijado incrementará las tablas salariales de 2025”.
En materia de contratación, los firmantes (la Confederación Nacional de la Construcción, como patronal, y CC OO del Hábitat y UGT-FICA, del lado sindical) han acordado mejoras para los trabajadores respecto a la última reforma laboral. Así, además de regular el nuevo contrato indefinido adscrito a obra, creado en la ley que aprobó dicha reforma, establecen asimismo un período máximo de duración del contrato temporal por circunstancias de la producción de un año (la norma lo fija en seis meses ampliables a un año por convenio). Pero, además, fijan una indemnización a la extinción de este contrato temporal de una indemnización del 7% calculada sobre los conceptos salariales de las tablas del convenio aplicable devengados durante la vigencia del contrato. La reforma solo preveía esta indemnización para el contrato fijo de obra.