Pyme autónoma, vinculada y asociada: diferencias entre ellas
Las diferencias radican en si tienen participaciones en otras empresas
Las pymes son pequeñas y medianas empresas que tienen menos de 250 trabajadores. Existen distintos tipos de empresas de estas características. Una pyme puede ser autónoma, vinculada o asociada, en función de sus características.
Una empresa autónoma es, según se indica en el portal iPyme, aquella que es independiente y que en el caso de tener participaciones en otras empresas u otras empresas en ella, estas no superan el 25% del capital o de los derechos de voto. Igualmente, la pyme autónoma podrá tener inversores que superen el 25% de participación, pero que no superen el 50%.
Los inversores de la empresa autónoma pueden ser o sociedades públicas de participación, empresas de capital riesgo e inversores providenciales o business angels, universidades o centros de investigación sin fines lucrativos, autoridades locales autónomas o inversores institucionales. Asimismo, los inversores podrán tener individualmente una participación de hasta el 50% en la empresa siempre que no esté vinculado a la compañía.
Derechos de voto
Por otro lado, la pyme vinculada es aquella que dispone la mayoría de los derechos de voto de los accionistas o socios de empresa. También se considera a una pyme como vinculada cuando tiene derecho a nombrar o revocar a la mayoría de los miembros del órgano de administración, dirección o control de otra. Estas empresas pueden ejercer una influencia sobre otras compañías o tener un control exclusivo sobre la mayoría de los derechos de voto de los accionistas o socios de otra.
Por último, las empresas asociadas se caracterizan porque tienen una participación igual o superior al 25% del capital o de los derechos de voto de otra empresa. También son asociadas cuando otra empresa tiene una participación ya sea igual o superior al 25% de la compañía. Hay que tener en cuenta que la empresa con la que se tiene vinculación no debe estar vinculada a otra compañía. Igualmente, los derechos de voto de la empresa en la otra empresa no tienen que superar el 50%.