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Economía pone la lupa contra el blanqueo en los proveedores de servicios de criptomonedas

Plantea cambios en la prevención del fraude y financiación del terrorismo Incluye al directivo político como persona expuesta

Representación de un criptoactivo.
Representación de un criptoactivo. REUTERS
Pablo Sempere

El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ha publicado en su portal de consulta pública un proyecto de real decreto que tiene el objetivo de modificar y actualizar la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo. La consulta, que estará abierta hasta el próximo 13 de abril y supone el paso previo al proceso legislativo final, pretende mejorar y ampliar los mecanismos de prevención y de actuación frente a nuevas herramientas tecnológicas como las criptomonedas.

Es por ello que, entre otras modificaciones, el cambio propone incluir en el listado de sujetos obligados a informar a los proveedores de servicios de monedas virtuales, además de los servicios de cambio de moneda virtual por moneda de curso legal, los proveedores de servicios de custodia de monederos electrónicos y los proveedores de servicio de salvaguardia de claves.

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En la normativa vigente, publicada en el BOE el 28 de abril de 2021, únicamente se incluía en este apartado a los proveedores de servicios de cambio de moneda virtual por moneda fiduciaria y de custodia de monederos electrónicos. Ahora, entrarían las tres modalidades de servicio asociadas a estos activos virtuales.

Entre otros puntos, la normativa tiene el objetivo de regular los deberes de los llamados sujetos obligados. Según explica Economía, estos son las personas físicas y jurídicas a las que la norma “impone determinadas obligaciones de cuidado y control respecto de sus clientes, de cara a prevenir el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo”.

Por eso, además de los proveedores de servicios de criptomonedas, el documento también incluye en la potencial futura lista a los intermediarios en alquileres con renta mensual superior a 10.000 euros, las personas que actúen como intermediarios en el comercio de objetos de arte o antigüedades o que actúen como intermediarios en el comercio de esos objetos cuando lo lleven a cabo en puertos francos.

El proyecto de real decreto también quiere ampliar el tratamiento de Politically Exposed Persons –persona políticamente expuesta– a los cargos directivos de todos los partidos políticos con representación autonómica o local en capitales de provincia y municipios de más de 50.000 habitantes. A su vez, insta a ampliar las obligaciones de declarar productos al Fichero de Titularidades Financieras, “incluyendo a las cajas de seguridad, así como a las cuentas de pago que se gestionen por entidades de pago y entidades de dinero electrónico”.

El movimiento de Economía, además de los ajustes necesarios para dar cumplimiento a las exigencias establecidas por normativa de la Unión Europea, pasa por dar mayor efectividad a los mecanismos de prevención y adaptarlos a los cambios llegados de la mano de las nuevas tecnologías.

Según advierte el ministerio, “la alternativa de no modificar el real decreto supone generar inseguridad jurídica al mantener una regulación reglamentaria en materia de prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo no actualizada ni coherente con la vigente ley”.

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Sobre la firma

Pablo Sempere
Es redactor en la sección de Economía de CINCO DÍAS y EL PAÍS y está especializado en Hacienda. Escribe habitualmente de fiscalidad, finanzas públicas y financiación autonómica. Es graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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