_
_
_
_
_
Contencioso-administrativo

ACS pedirá daños y perjuicios por el cierre de Castor tras el fallo de Castellón

La concesión de Escal UGS, que recuperó la inversión del almacén, era por 30 años, con un interés del 5%.

Plataforma Castor, frente a Vinaroz.
Plataforma Castor, frente a Vinaroz.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Castellón del pasado martes, 30 de noviembre, por la que se absolvía de varios delitos a Recaredo del Potro y José Luis Martínez Dalmau, presidente y consejero delegado, respectivamente, de Escal UGS, promotora del almacén de gas Castor, ha dado alas al principal accionista, ACS, con un 66,7% (el 33,3% restante está en manos del grupo canadiense UGS) para pedir responsabilidades a la Administración por la parada de la instalación en 2013. Concretamente, Escal estaría estudiando la presentación de un recurso contencioso-administrativo contra el Ministerio para la Transición Ecológica por el lucro cesante de una concesión cuya duración estaba prevista para 30 años, con un tipo de interés sobre su inversión (de casi 1.500 millones de euros) del 5% anual, además del coste de la operación y el mantenimiento.

La clausura de Castor fue decidida en 2013 por el entonces ministro de Industria, José Manuel Soria, tras la alarma generada por los microseísmos que durante varios días se produjeron en las costas de Vinaroz coincidiendo con la primera inyección de gas de la planta. Ya en 2014, para evitar su entrada en default, Escal firmó la renuncia a una concesión que le había sido otorgada en 2008 por tres décadas.

Tras una auditoría, Industria reconoció a la compañía una inversión de 1.461 millones de euros, una deuda que le fue saldada y que el ministerio colocó entre tres bancos (Santander, Bankia y Caixabank) a un tipo de interés del 4,5% en el marco de un real decreto ley que supuso, de facto, un rescate. El pago de la deuda se endosó a los consumidores (80 millones anuales en los peajes del gas) mientras que el mantenimiento de la planta clausurada se otorgó al gestor del sistema, Enagás, que recibiría una cantidad anual por dicho concepto.

El caso Castor terminó en el juzgado de instrucción de Vinaroz tras las denuncias de algunas plataformas de afectados. Aunque en un primer momento fueron llamados a declarar funcionarios de los ministerios de Industria y Medio Ambiente (si se hubiese implicado a altos cargos de la Administración el proceso se habría trasladado a la Audiencia Nacional) que participaron en las autorizaciones administrativas, finalmente, solo quedaron en el banquillo como acusados los dos directivos de Escal, para los que se solicitaban seis años de prisión.

Finalmente, la Audiencia de Castellón los ha exculpado de los delitos de los que les acusaba la Asociación de Afectados por la Plataforma Castor (Aplaca). Esto es, de delitos contra el medio ambiente y los recursos naturales, con riesgo para la vida e integridad física de las personas, con ocultación de información a la administración y con grave riesgo de deterioro irreversible y catastrófico. Esta última acusación fue retirada por la fiscal poco antes del juicio.

A la vista de esta decisión y del contenido de la sentencia, que considera, entre otros, que, aunque hubo “correlación temporal” entre los microseísmos y el llenado del almacén, no existen pruebas de su “causalidad”; de que la compañía cumplió con la normativa (ninguna “exigía un estudio sobre peligrosidad sísmica”, amén de que el Instituto Geográfico y Minero consideró en 2002 “como una zona del nivel de más baja peligosidad sísmica); de que recibió las autorizaciones pertinentes y cumplió con su deber de informar y que no hubo daño físico, material ni moral para la población, Escal considera que la decisión de cerrar la planta fue “precipitada y sin justificación técnica ni científica”.

A su parecer, los argumentos del fallo son motivo suficiente para iniciar un contencioso para reclamar daños y perjuicios, en el que implicaría a Rubén Juanes, autor del estudio del Instituto Tecnológico de Massachusetts (MIT) y la Universidad de Harvard que sirvió de base en 2017 al ministro de Energía, Álvaro Nadal, para decretar la hibernación del almacén, “dada su peligrosidad”.

Dos años después, Escal presentó al Ministerio para la Transición Ecológica que dirige Teresa Ribera, un escrito en el que presentó pruebas de que ninguna de esas dos instituciones participó en el informe de Juanes, sino que este, junto con el profesor de Harvard, John S. Shaw, lo elaboraron a título particular.

Los abogados de Escal analizarán, asimismo, la implicación de Enagás en el proceso, pues fue el gestor del sistema el que encargó el citado informe, por el que pagó 600.000 euros. La sentencia de Castellón corrobora también uno de los argumentos de Escal, que “la Falla de Amposta no tiene capacidad para generar seísmos” y que, dichos seísmos, “no eran previsibles, según los estándares científicos y técnicos del momento”.

Pese a que el Tribunal Supremo inadmitió la semana pasada un recurso de Escal contra la decisión de Ribera de sellar y desmantelar Castor, lo que costaría 200 millones de euros, la compañía señala que el tribunal no entró en el fondo de la cuestión, sino que únicamente le ha negado “entidad” para recurrir y que, aún no se había publicado el fallo absolutorio de Castellón.

Una colección de pleitos

Constitucional. Uno de los hitos judiciales más relevantes del ‘caso Castor’ fue la sentencia del Tribunal Constitucional de diciembre de 2017 por la que anulaba parcialmente el Real Decreto Ley de 2014 que establecía el rescate financiero de la instalación, que habían recurrido el Parlamento y la Generalitat de Cataluña y 50 diputados socialistas. El Constitucional vio injustificado que la compensación de Castor se aprobara mediante un RDL de urgencia, por lo que debía haberse tramitado como ley.

Bancos. El Grupo Popular, con mayoría en el Congreso, se negó a tramitar dicha ley por lo que, tanto los bancos acreedores (Santander, Bankia y Caixabank), como Enagás, dejaron de cobrar la deuda, que les liquidaba mensualmente la CNMC: 1.350 millones de euros a los primeros y 60 millones (a día de hoy) a Enagás. Los primeros reclamaron un daño patrimonial al Estado legislador ante el Tribunal Supremo, que les acabó dando la razón. La deuda bancaria la ha asumido el Estado, para lo cual, ha realizado, de momento, una emisión superior a 600 millones. Por su parte, Enagás está a la espera de que la Audiencia Nacional se pronuncie sobre su reclamación.

Sellado. Transición Ecológica estaba a la espera del fallo del recurso de Escal contra el sellado y desmantelamiento de Castor decididos en 2019. El Supremo ha inadmitido el recurso, por lo que Teresa Ribera tiene ya las manos libres.

Economía y empresas

El análisis de la actualidad económica y las noticias financieras más relevantes
Recíbela

Sobre la firma

Carmen Monforte
Es redactora de Energía de Cinco Días, donde ocupó también los cargos de jefa de Especiales y Empresas. Previamente, trabajó como redactora de temas económicos en la delegación de El Periódico de Cataluña en Madrid, el Grupo Nuevo Lunes y la revista Mercado.

Más información

Archivado En

_
_