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A Fondo
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Interinos y la revolución pendiente en la Administración

Conculcar el derecho a ser funcionario con dos vías diametralmente opuestas puede acabar teniendo un recorrido de inconstitucionalidad

Dos términos acuden prestos y solícitos cuando de funcionarios se habla: modernización y adelgazamiento de la Administración, pero también otros no precisamente menores: eficiencia, digitalización. Podríamos seguir. Como prácticamente en cualquier entorno empresarial o de actividad profesional. Si bien la diferencia entre lo privado y lo público, como las actitudes cambian, amén de las exigencias, otra cuestión serán los deberes, los debes y el oportunismo político.

La pretensión extemporánea y precipitada del Gobierno Sánchez de asimilar y otorgar –octroi– graciosamente la condición de funcionario a cientos de miles de interinos que nunca han aprobado la oposición ha levantado una extraordinaria polémica. En España hay que haber aprobado una oposición para ser funcionario. Legalmente ese es el único camino. Como también que no todos los cuerpos de la Administración exigen lo mismo ni la dureza de la oposición es mimética. Al contrario. Entre grupos y niveles va la cosa, como también el punto de partida académico o de estudios del aspirante.

Malos tiempos para las veleidades políticas o para las ocurrencias. Es cierto que algo hay que hacer con el más de medio millón de interinos que se prolongan sine die sus vínculos laborales con la administración. Los sindicatos elevan esta cifra a 800.000. Y el problema y la crítica no viene por los interinos, sino por el sistema de interinaje que se ha permitido. ¿Por qué las distintas administraciones han abusado de esta forma cuasi funcionarial, de hecho, se les llama “funcionarios interinos”, y no han sacado o aprobado plazas de oposición con sus correspondientes exámenes, pero también por qué se prolonga día a día, recte, año a año esta situación creando una suerte de seudoequiparación absoluta con los funcionarios?

¿Cuál va a ser el coste de convertir a los interinos en funcionarios fijos sorteando los requisitos de acceso por el que han pasado estos últimos? ¿Se discrimina? ¿Y quién es el discriminado? Por último, ¿qué busca el Gobierno? Acaso es cierto que esta es una exigencia sine qua non asimilada a la de la renovación del Consejo del Poder Judicial, tal y como se nos repite de cara a los fondos europeos que tanto necesita la economía española en esta crisis. Es evidente que el interino no tiene culpa alguna en que la administración, cualquiera de ellas, no “saque” la plaza o, dicho más propiamente, convoque la oposición. Y la clave pasa por una pieza clave, lo estructural.

Hace unas semanas aún se hablaba de realizar una prueba, un examen, pero ¿están hoy en condiciones los interinos de aprobar un examen después de años, muchas veces más de diez, cifra mágica en este momento; qué sucede si llevan nueve, o 20, sin estudiar, pero con un expertise al menos en el área en el que han trabajado a lo largo de estos años? Examen general o generalista versus especialización muy centrada en un ámbito muy concreto de la administración, y piénsese ya en puestos donde la capacitación no solo es intelectual sino personal y física.

De nada sirve plantearse el interrogante de cómo hemos llegado a estas tasas de temporalidad tan agresivas y excesivas. Pero ¿verdaderamente hay intención de cortocircuitear el sistema o simplemente es un brindis al sol? Mal si algunos piensan que con esto obtendrán réditos electorales. Nadie agradece nada. Menos en este desmadejado país desmemoriado y cansino y donde lo público se percibe como un colchón de trabajo y salvavidas.

Pero conculcar el derecho que todos los españoles tenemos de acceder al empleo público con dos vías diametralmente opuestas puede acabar teniendo un recorrido próximo de inconstitucionalidad, con lo que el problema aún podría cobrar ribetes mayores salvo que nadie plantee el recurso. Y es que a la postre, entre compañeros el agua seguirá corriendo por los viejos cauces. Ni funcionarios de plaza, ni interinos, ni todos aquellos que salen por seis meses de las bolsas de interinaje de muchas comunidades autónomas y que van rotando por consejerías y consejerías elevarán grito alguno.

Si el mérito y la capacidad no son testados y evaluados, el principio de igualdad de oportunidades y el mérito se conculcan. Pero que nadie evoque a Sandel y su magnífico estudio monográfico La tiranía del mérito, porque Kaiser le podrá responder desde La tiranía de la igualdad.

No podemos hacer de la excepción norma o pauta de actuación general. Ese no es el camino. Ni el más recto ni el correcto. Pero tampoco seguir en ese limbo de inactuación con tan ingente número de interinos. El sistema debe corregirse. Y desde pautas de equidad, pero también de justicia y proporcionalidad. Las estructuras y los puestos estructurales están infradotados y mal planificados. El adelgazamiento de la Administración no puede hacerse a costa de unos. Eso es claro. Pero la modernización y la digitalización, y sobre todo, la irrupción de la inteligencia artificial y el big data también llegará a expedientes, procedimientos y actuaciones en y ante las administraciones públicas. Y eso requerirá cualificación, preparación y quizás, por qué no, un mejor acceso a la función pública que supondrá, además y sobre todo, modernizar el sistema actual de pruebas, máxime en algunos oposiciones y cuerpos con temarios mastodónticos y que responden aún a los cánones del siglo XX, por no echar aún la mirada más hacia atrás.

El debate está abierto. Conviene no olvidar que la temporalidad y la excepcionalidad suponen que solo por carácter de necesidad y urgencia podrán ser interinos aquellos trabajadores por un plazo de tres años. El abuso ha sido que las administraciones en sentido amplio han ignorado el dictado del artículo 10 del Estatuto del empleado público, haciendo que la temporalidad, la necesidad y la urgencia sea un seudopuesto para toda la vida. O casi.

Abel Veiga Copo es profesor y decano de la Facultad de Derecho de Comillas ICADE

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