Renta 2020: última llamada para los más rezagados
La campaña de la renta termina el próximo 30 de junio
Aunque la campaña de la renta de este año está llegando a su fin, los más rezagados aún tienen tiempo para rendir cuentas con Hacienda y presentar su declaración del IRPF correspondiente al año 2020.
¿Cuándo termina el plazo? Todos los contribuyentes tienen de margen hasta el 30 de junio de este año. No obstante, hay que leer la letra pequeña porque si nos sale a pagar y queremos hacer el ingreso mediante domiciliación bancaria, tenemos de fecha límite el 25 de junio. Si queremos hacer la declaración presencialmente en las oficinas o mediante por teléfono, el último día para solicitar la cita previa es el 29 de junio.
¿Cómo está transcurriendo la campaña de este año?
Aunque todavía hay muchos contribuyentes que apuran hasta el último momento, lo cierto es que este año los españoles se han dado más prisa para ponerse al día con la Agencia Tributaria. En concreto, y tal y como comunicó el organismo, antes de empezar junio ya habían presentado su declaración de la renta 12.825.000 contribuyentes, es decir, 433.000 más que el año pasado hasta la misma fecha y 1.079.000 más que hace dos ejercicios. Y, en concreto, de esos más de 12 millones, son 7.427.000 contribuyentes los que ya han recibido la devolución que les correspondía de Hacienda, una cifra que, por el momento, asciende a 4.912 millones de euros.
Además, como ya hemos explicado en este blog, la campaña de la renta 2020 está marcada por la pandemia y por las medidas económicas y las restricciones que se han ido poniendo en marcha. Un escenario que ha hecho que muchas de las personas afectadas por un ERTE de fuerza mayor tengan que presentar su declaración por haber tenido dos pagadores diferentes: el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y su empresa. Algo que también aplica a las personas que hayan recibido el ingreso mínimo vital durante el año pasado porque, aunque la prestación está exenta (hasta un máximo de 11.279,39 euros en 2020), la percepción de esta prestación obliga a presentar la declaración. De hecho, desde Hacienda han señalado que ya se han presentado 1.923.000 declaraciones de personas afectadas por un ERTE y 229.000 beneficiarios del ingreso mínimo vital.
¿Qué no hay que pasar por alto?
Antes de confirmar el borrador hay que revisar si se han aplicado todas las deducciones a las que se tienen derecho- tanto a nivel general como las autonómicas- y tener en cuenta que la responsabilidad de que los datos sean correctos es siempre del contribuyente.
En lo relativo a la vivienda, hay que recordar que por la vivienda habitual no hay que pagar impuestos, pero sí tiene que aparecer en la declaración en la proporción que corresponda según la propiedad que tengamos, y que si la vivienda fue comprada antes de 2013, nos podemos deducir un 15% de la hipoteca sobre un máximo de 9.040 euros. Aquí también hay que saber que si tenemos una segunda residencia en alquiler hay ciertos gastos que son deducibles y que si tenemos una segunda residencia que no nos genera ningún rendimiento, también hay que tributar por ella como imputación de rentas inmobiliarias.
Respecto a las inversiones, es muy importante hacer un análisis para poner todas nuestras finanzas y todas las operaciones realizadas en 2020 sobre la mesa. Desde las criptomonedas, pasando por los fondos de inversión -por los que solo hay que tributar cuando se hace el reembolso, y no cuando se hace el traspaso, las acciones o los planes de pensiones.
Además, en un año marcado por las caídas de los mercados como consecuencia de la crisis del coronavirus, los contribuyentes deben tener en cuenta que si se salieron del mercado generando pérdidas, pueden aprovechar esas caídas para compensar los rendimientos positivos que les haya generado otros productos. Aquí también deben tener en cuenta que hay una serie de plazos para compensar esas pérdidas.