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Un seguro ajustado a las necesidades de cada cliente y negocio

Las pólizas en renting son más personales que en las clásicas

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Detrás de cada vehículo hay un seguro, con independencia de que sea de compra o de alquiler. La ley exige la responsabilidad civil del conductor, que tiene que responder como mínimo al daño que ocasione a un tercero en caso de accidente.

Partiendo de esa base, existen algunas diferencias (aunque pocas) con respecto a las pólizas en cuanto a la forma de tenencia del automóvil. Una de ellas es el coste. Según la Asociación Española de Renting de Vehículos (AER), el seguro supone entre un 20% y un 22% de la cuota mensual, y en líneas generales resulta un 5% más barato que los tradicionales. La mayoría se contratan a todo riesgo; es decir, que prácticamente cubre las incidencias más habituales.

La mayoría de las compañías ofrece una cobertura a todo riesgo

“Las coberturas que ofrecen las pólizas para vehículos en renting son muy similares a las de vehículos para particulares. Donde sí hay una diferencia es en que se tiende a buscar una mayor personalización, aun en el caso de tratarse de flotas”, explican desde Mutua Madrileña. La compañía confirma que “los seguros para vehículos en renting más contratados son los de todo riesgo, con y sin franquicia”. “Son los que ofrecen las mayores coberturas y, por tanto, los que mejor se ajustan a las necesidades de las empresas, que buscan un servicio integral”, añade la entidad.

El último informe de Arval (filial de BNP Paribas) sobre movilidad, Arval Mobility Observatory 2020, indica que el 55,2% de los seguros en renting son a todo riesgo sin franquicia; el 27,1%, a todo riesgo con franquicia, y el 17,7% restante, a terceros. La diferencia con respecto a los vehículos con compra es sustancial, ya que el 62,6% del total tiene contratada una póliza a terceros.

La empresa de alquiler es propietaria del vehículo y titular del seguro

Las posibilidades de elegir una modalidad de seguro en renting son amplias. Pero antes de tomar cualquier decisión, Mapfre emite algunos consejos: “Hay que tener en cuenta que tanto el propietario del vehículo como el titular del seguro es la compañía de renting. Por ello, en el momento de la cesión del automóvil, la empresa arrendadora extiende un documento de cesión al usuario final, en el que se recogen las condiciones de uso, entre ellas, las condiciones de cobertura del seguro”. Por tanto, “solo estarán protegidos los usuarios especificados en dicho documento, aunque también existen algunos contratos en los que el conductor final está innominado y, en este caso, una persona que llevara el coche y no fuera el conductor habitual estaría cubierto”. Actualmente el seguro de renting de Mapfre es como el de todo riesgo para particulares, con la única diferencia de que el vehículo de sustitución ha de solicitarse como una cobertura opcional en la operación de renting y no desde la póliza de seguro.

Coberturas

Las pólizas a todo riesgo incluyen garantías como la asistencia en accidente del conductor, ayuda psico­emocional en caso de accidente grave o robo, e indemnizaciones para los beneficiarios del titular en situaciones de invalidez o fallecimiento.

Existe la posibilidad de que el arrendatario del vehículo pueda gestionar el seguro por su cuenta, pero “tiene el inconveniente de que, al devolver el coche, este deberá estar en perfecto estado, cosa que con el seguro de renting no hace falta, excepto si hay daños interiores, que, como en cualquier seguro, no están incluidos”, apunta Mapfre.

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También, algunas empresas dan la opción de un seguro con prima cerrada durante el contrato –no se actualiza la responsabilidad civil ni el IPC–, lo cual puede significar un ahorro, o de un seguro abierto, que cubre todo, pero el precio se podrá incrementar en función de la siniestralidad.

Otra prestación disponible en Mapfre es el subsidio (indemnización) por privación del permiso de conducir, que cubre al tomador del seguro que no puede utilizar el vehículo durante un tiempo limitado, así como los cursos de recuperación de puntos.

Acquis ha expandido su negocio hacia vehículos de carretera tras la llegada de nuevos socios subscriptores, ampliando la oferta de productos con los seguros GAP (siglas en inglés de protección garantizada) para coches en renting.

Las claves del contrato que hay que tener en cuenta

Franquicia. El seguro sin franquicia cubre los daños producidos a un tercero y los propios. Si se realiza con franquicia, se asumirá parte del coste cuando suceda un siniestro. “La franquicia es un equilibrio que han encontrado las compañías del seguro entre el reducir el riesgo de siniestro y el interés de los clientes por pagar lo menos posible en la prima”, dicen desde Mapfre.

Asistencia. Tal y como recuerdan en Rastreator, algunas empresas de renting restringen en carretera el alcance de la asistencia o no la aceptan si es el conductor el que ha originado el accidente. También es importante recoger en la póliza si el vehículo va a ser utilizado por varias personas y si el seguro protege a los ocupantes.

Daños personales. Lo ideal sería elegir un tipo de cobertura que alcanzara situaciones como fallecimiento o invalidez. Pero, por lo general, los daños personales o médicos es algo que ya viene establecido en el vehículo de alquiler. El comparador Arpem recomienda “contratar un seguro de accidentes complementario para ampliar los límites impuestos en la póliza”.

Exclusión. Generalmente, el renting no cubre los daños ocasionados en el interior del coche, por la utilización de remolques o caravanas, ni tampoco los producidos por conducir bajo los efectos del alcohol o drogas.

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