Telefónica establece un acuerdo marco sobre igualdad para todo el grupo
Firma un acuerdo con los sindicatos UGT y CC OO
Telefónica y los sindicatos mayoritarios, CC OO y UGT, han cerrado un acuerdo marco para garantizar la igualdad real de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en todos los ámbitos y a todos los efectos, no permitiendo ninguna discriminación por razón de sexo y con el propósito de promover unas condiciones de trabajo respetuosas con los principios estratégicos del grupo.
El pacto está en línea con el cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y de hombres (LOIEMH) y el marco normativo europeo.
Este acuerdo busca establecer un marco mínimo que informe y desarrolle de manera homogénea, ordenada y coordinada los distintos planes de igualdad de cada una de las empresas que forman parte del grupo Telefónica. No obstante, se deberán respetar, en cualquier caso, las adaptaciones y los acuerdos que mediante negociación colectiva pudieran puntualmente establecerse en las distintas entidades jurídicas pertenecientes al grupo Telefónica que, en atención a la especialidad o especificidad de las actividades desarrolladas, pudieran darse en cada caso.
Los principios básicos pasan por la elaboración de una propuesta unificada de los planes de igualdad aplicable a cada empresa del grupo Telefónica en España, la adopción de criterios básicos aplicables a todas las empresas del grupo que coadyuven a la consecución de políticas similares y que homogeneicen los diferentes marcos regulatorios en materia de igualdad e impidan el desarrollo de planes de igualdad divergentes, la adopción de terminologías comúnmente aceptadas junto con el establecimiento de una misma metodología para la construcción de las obligaciones que vienen a ser establecidas legalmente.
Entre estas últimas figuran las relacionadas con el contenido y extensión de los indicadores necesarios para la elaboración de diagnósticos de situación; la metodología en común para la elaboración del sistema de valoración de puestos; y las relacionadas con el contenido y estructura del registro retributivo y la auditoría retributiva.
Dentro del acuerdo, las partes han decidido incorporar distintas definiciones que deben tenerse en cuenta para la correcta aplicación del principio de igualdad de trato en el ámbito laboral: Plan de Igualdad, Principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres, Principio de igualdad de oportunidades, Principio de igualdad de trato y de oportunidades en el acceso al empleo, en la formación y en la promoción profesionales, y en las condiciones de trabajo, Acción Positiva, Acoso Sexual, Acoso por razón de sexo, Derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, Tutela jurídica efectiva, Discriminación directa e indirecta, Discriminación por embarazo o maternidad e Indemnidad frente a represalias, entre otras.