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Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Una ineficiencia administrativa que no debe recaer sobre el contribuyente

Ninguna Administración Pública debería legislar en contra del principio general de que todo error es responsabilidad de quien lo comete

CINCO DÍAS

A pocos días del inicio de la campaña del IRPF, el próximo 7 de abril, la Agencia Tributaria ha realizado una serie de aclaraciones sobre cómo tributarán los pagos de los ERTE –y especialmente cómo lo harán los abonos indebidos realizados por error por el Servicio Público de Empleo (SEPE)– que presagian un crecimiento exponencial de la conflictividad fiscal. Las explicaciones de la AEAT evidencian el fracaso de las labores de colaboración llevadas a cabo en los últimos meses entre el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Hacienda con el fin de corregir a tiempo los errores del SEPE e impedir así que se plasmasen en los borradores del IRPF y complicasen innecesariamente las declaraciones. A la vista de esas aclaraciones, esa cooperación no solo no ha dado fruto a tiempo para la campaña, sino que las consecuencias de los errores y la iniciativa para subsanarlos recaerán sobre las espaldas de los contribuyentes.

La ingente avalancha de prestaciones que ha tenido que abonar el SEPE a los trabajadores en expediente de regulación de empleo es una de las razones que pueden explicar, aunque no justificar, las importantes inexactitudes que se han cometido en los pagos, incluyendo nóminas excesivas que no en todos los casos se han recuperado y regularizado. Como consecuencia de ello, aquellos contribuyentes cuya factura fiscal sea mayor de lo debido por errores que hayan redundado en un exceso de renta y no hayan sido subsanados a tiempo deberán abonar el impuesto y posteriormente solicitar a la Agencia Tributaria una rectificación para recuperar la parte del tributo que han pagado de más.

Más allá de a quién corresponda, si a Trabajo, a Hacienda, o a ambos, el grueso de la responsabilidad por no haber podido solucionar a tiempo el problema, lo que resulta indiscutible es que la culpa no corresponde al contribuyente, que no debería cargar ni con la factura impositiva errónea ni con el esfuerzo de tener que reclamar su corrección. Desde el Ministerio de Trabajo se argumenta que se han ido notificando a la Agencia Tributaria mensualmente los errores de pago detectados por el SEPE y las cuantías que realmente deben quedar sujetas a tributación, que en la mayor parte de los casos rondan los 1.000 euros y no supondrán un coste extra excesivo en la declaración del perjudicado. Pero tanto si el daño económico es elevado como si resulta intrascendente, ninguna Administración Pública debería legislar en contra del principio general de que todo error es responsabilidad de quien lo comete y debe, por tanto, ser subsanado y costeado por este y no por aquellos a los que perjudica.

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