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Financiación

El crowdfunding español alerta sobre posible competencia desleal con la nueva regulación

El sector teme la entrada masiva de plataformas extranjeras, mientras trabajan con la CNMV para adaptarse al nuevo entorno

El rápido despegue de las plataformas crowdfunding está directamente vinculado al uso extensivo de internet y las redes sociales. Según los expertos, ya en 2014 resultaba una de las palabras más buscadas. Aunque sus inicios están ligados a proyectos solidarios y culturales, en la actualidad se han convertido en una alternativa a las vías de financiación tradicionales. Su regulación tiene dos patas, una centrada en las modalidades de inversión (equity crowdfunding), y la segunda en su faceta de préstamo (crowdlending).

En España esta actividad está legislada a través de Ley de Fomento de Financiación Empresarial, que suscitó un gran debate.

Pero ahora, la Comisión Europea propone una nueva legislación con la intención de facilitar el acceso a nuevas fuentes de financiación transfronteriza, en un intento de reforzar la unión del mercado de capitales y, por otro lado, incrementar la seguridad jurídica y armonización de estas categorías de financiación para mejorar la protección de los inversores.

El objetivo de Bruselas es aprobar en noviembre de este año esta normativa considerada muy positiva para los expertos en crowd­funding y en sus plataformas. Aunque también encuentran ciertas medidas discriminatorias que pueden perjudicar a los proyectos nacionales, según explican a este periódico Ramón Saltor, vocal de crowd de AEFI (Asociación Española de Fintech e Insurtech), e Idoya Arteagabeitia, socia de Pinsent Mason, partner jurídico de AEFI. En primer lugar con la futura regulación, que se aprobará a finales de este año con un año más para su adaptación, “hay bastante incertidumbre sobre cómo las plataformas de financiación participativa (PFP) deben adaptarse al nuevo reglamento europeo”.

Preocupación

También hay preocupación en el sector sobre las repercusiones en España con la entrada de PFP extranjeras, como consecuencia del pasaporte europeo contemplado en el reglamento, “porque pueden venir plataformas de países con una legislación más laxa y entrar en competencia desleal con las empresas españolas”, recalcan estos expertos.

De momento, la CNMV y el sector están trabajando de la mano para que las plataformas con licencia en España se puedan adaptar a requerimientos nuevos para convalidar sin pasar por un procedimiento nuevo. Además, se quiere crear una pasarela rápida para acceder a una licencia de servicios de inversión, para los que ya tienen licencia de PFP. Pero hay un punto que preocupa más que el resto a los promotores españoles de estas plataformas de inversión. Y es que estas plataformas han crecido desde el inicio de su regulación en España, que es de 2015. Reclaman, de esta forma, una “vehiculación” de inversores.

En la actualidad, las plataformas solo invierten directamente en la startup, “lo que es lesivo para los intereses de los inversores y para los de las startups que buscan financiación. Para las startups hace enormemente complicada la gobernanza y puede inhibir su capacidad futura de financiarse, ya que pocos fondos de capital riesgo quieren compañías con más de 50 socios. Y para los inversores genera problemas de obtención de rentabilidad, lo que limita la competitividad de las plataformas de crowdfunding a nivel internacional”, se quejan estos expertos.

“En conclusión, queremos que en España se modifique la regulación teniendo en cuenta esta petición para tener las mismas oportunidades y tener igual de nivel de competitividad”, explica Ramón Saltor. “Hay que tener en cuenta que el sistema de financiación de crowdfunding se ha sofisticado, y la normativa tiene que acompañar estos cambios. La financiación ya no corre a cargo solo de inversores muy pequeños”, añade Arteagabeitia.

Otras claves

CNMV. En la actualidad hay 27 plataformas de financiación participativa inscritas en la CNMV, al ser un tipo particular de intermediarios financieros, razón por la que quedan sujetas a autorización y supervisión de la CNMV, pero también del Banco de España cuando actúen como plataformas de préstamo, según explican expertos. Esta supervisión se centra, de nuevo, en las plataformas, en ningún caso en los proyectos individuales.

Inversores. En relación a la protección al inversor, el límite máximo de inversión de un cliente no acreditado (non-sophisticated) es de1.000 euros, o el 5% de sus activos por proyecto (la Ley 5/2015 recoge un límite de 3000 por proyecto y 10000 anuales). Además, tendrán 4 días para retractarse de su inversión sin coste alguno. Se incorpora un procedimiento para las quejas y reclamaciones de los inversores.

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