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El BOE publica la letra pequeña de las ayudas a autónomos a partir de octubre

Todos los requisitos y condiciones oficiales para poder acceder a las prestaciones de autónomos a partir de octubre.

El BOE acaba de publicar cómo quedan las nuevas ayudas a autónomos a partir de octubre de 2020, a causa del COVID. A continuación desgranamos todos los requisitos reales a cumplir, para poder acceder a ellas. Cuándo tienes que pedir las ayudas, hasta cuándo duran, y cuánto vas a cobrar. Cuestiones que, en algunos casos, se desvelan ahora con la publicación del BOE.

En primer lugar, tenemos la prestación cuando se suspenda la actividad por resolución de la autoridad competente. Es decir, si un autónomo se ve obligado a cerrar su negocio porque así lo designen las autoridades, podrá cobrar una prestación por cese.

Tendrá que cumplir para ello dos requisitos:

1. que lleve al menos 30 días naturales de alta en el Régimen de Autónomos.

2. que esté al corriente de pagos con la Seguridad Social.

En ese caso cobrará 420 euros. O 660 en el caso de ser familia numerosa. ¿Cuándo lo cobrará? Desde que se decrete el cierre hasta el último día del mes de apertura. Ojo que los autónomos en pluriactividad se quedan fuera salvo que esos ingresos extra sean menores de 1,25 veces el Salario Mínimo Interprofesional.

El autónomo que necesite acceder a esta prestación deberá solicitarla en los quince días naturales desde que se decrete el cierre de su actividad.

Prestación para autónomos con menos ingresos

También habrá una prestación para autónomos que estén de alta desde el 1 de abril y al corriente de pagos con la Seguridad Social, y que no tengan ingresos en el último trimestre por encima del Salario Mínimo Interprofesional (950 euros).

Tendrán que demostrar también una reducción en el cuarto trimestre de al menos el 50% sobre los ingresos presentados en el primer trimestre de este año. Esta es una de las principales novedades, porque modifica en habitual cálculo que se realizaba sobre el 75%.

Quienes encajen en esta descripción cobrarán 420 euros. Hay que presentar la solicitud en los primeros 15 días de octubre, y durará como máximo cuatro meses. Si se presenta a posteriori, la duración total de la prestación nunca podrá ser superior al 31 de enero de 2021. El trabajo en pluriactividad se vuelve a quedar fuera si se dan las condiciones anteriormente descritas.

Prestación para autónomos de temporada: la que más requisitos exige

Para acceder a la prestación de autónomos por temporada será obligatorio haber estado de alta como autónomo durante cuatro meses de junio a diciembre. Tanto en 2018 como en 2019. Es decir, ocho meses en total. Y si ha trabajado también como asalariado en ese periodo, que no supere los cuatro meses en dos años.

Tampoco puede haber estado de alta entre el 1 de marzo y el 31 de mayo de este año. Ni haber cobrado prestación alguna en el primer semestre de este año, salvo que fuera compatible con el trabajo autónomo. Y, por último, no haber cobrado más de 23.275 euros en lo que va de año. Si se cumplen todos estos requisitos, podrá solicitar una prestación que ascenderá a los 660 euros.

Puede solicitarse ya, y tendrá una duración máxima de cuatro meses. Con una fecha máxima de cobro que nunca superará el 31 de enero de 2020.

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