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Competencia

Pascual también esquiva el pago de la multa de la CNMC porque pondría en riesgo su solvencia

La Audiencia Nacional le exime de abonar ya los 8,5 millones de multa por el cártel lácteo

Instalaciones lácteas de Calidad Pascual en Aranda de Duero
Instalaciones lácteas de Calidad Pascual en Aranda de Duero
Javier García Ropero

El caso del cártel lácteo sigue cumpliendo capítulos sin que, cinco años después del primer expediente, ninguna de las empresas multadas haya abonado importe alguno en medio de una maraña judicial de recursos, autos y sentencias que no cesa.

El último ejemplo es el de Calidad Pascual, una de las empresas sancionadas con una multa de 8,5 millones, a la que la Audiencia Nacional ha dado la razón para eximirla del pago del importe hasta que exista una sentencia firme. De esta forma la compañía castellanoleonesa se suma a otras de las sancionadas, como Danone y Puleva (Industrias Lácteas de Granada), que también han sido eximidas de abonar sus respectivas multas.

Todas ellas esgrimieron los mismos argumentos para esquivar el pago de los importes: hacerlo pondría en riesgo su solvencia y su viabilidad futura. También en el caso de Calidad Pascual, una empresa acostumbrada a acabar cada ejercicio con beneficios.

El auto de la Audiencia Nacional que le exime del pago, fechado el pasado 15 de julio, comparte la pretensión de la empresa de que la no suspensión del abono “produciría daños y perjuicios irreparables o de muy difícil reparación”.

En concreto, señala que “debido al alto importe de la multa”, 8,5 millones, “su pago inmediato consumiría la totalidad del efectivo disponible de Calidad Pascual a 30 de septiembre de 2019, siendo este además insuficiente para el pago de la multa, provocando un grave problema de falta de liquidez a corto plazo de la compañía”. Esto, a su vez, supondría un problema para pagar sus deudas a corto plazo y conduciría a Pascual a “tener que buscar financiación adicional para evitar el impago (...) lo que anularía los esfuerzos realizados por Calidad Pascual en los últimos años para reducir su endeudamiento”.

La falta de liquidez, la posibilidad de incumplir los pagos con los bancos en la financiación sindicada de 2016 llevaría, en definitiva, “a una situación de insolvencia financiera”. Hay que recordar que la primera resolución de la CNMC, que fijaba una multa por un importe similar, data de 2015.

Aquel primer expediente fue anulado por la Audiencia Nacional por defectos de forma y reformulado por Competencia, que dictó las nuevas multas en julio de 2019. Algunas de las empresas sancionadas provisionaron los importes desde el primer expediente. En sus ultimas cuentas disponibles en el Registro Mercantil, relativas al ejercicio 2018, Calidad Pascual estimaba que de todo el proceso no se estimaba una “salida de recursos” para la sociedad.

Lo mismo ocurrió con Puleva. Como publicó este periódico en junio, la Audiencia Nacional también estimó las medidas cautelares para suspender el pago, en su caso de 10,3 millones. En ese caso, argumentó que esa cantidad suponía la mitad de sus beneficios de 2018 y el 15% de sus recursos propios, por lo que no disponía de “tesorería suficiente para hacer frente a su pago por lo que habría de recurrir a financiación ajena con la consiguiente elevación del ratio de endeudamiento”, decía el auto. Puleva también argumentaba que debería reducir sus costes para poder pagar, incluidos los de personal.

Danone, multada con casi 20,3 millones, también fue eximida porque, al igual que en el resto, ponía en riesgo su viabilidad.

El expediente de nunca acabar

Seis años. En febrero de 2015 la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) publicó el resultado de la investigación, iniciada en 2014, en la que acreditó la participación de las empresas sancionadas en supuestas conductas anticompetitivas, como el intercambio de información para la fijación de precios en la compra de leche cruda de vaca o la cesión de ganaderos. Aquel primer expediente incluyó un total de 88,2 millones en multas a 11 empresas y dos asociaciones del sector. Las empresas recurrieron y lograron tumbarlo en la Audiencia Nacional por defectos de forma, aunque momentáneamente. La CNMC reformuló la sanción, que bajó a 80,6 millones. Pero volvieron los recursos y con ellos la maraña judicial.

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Sobre la firma

Javier García Ropero
Redactor de la sección de empresas, especializado en distribución, gran consumo y economía del deporte. Licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid y Especialista en información económica de la UIMP. Desarrolla su carrera en CincoDías desde 2011 tras haber pasado por El Mundo y Vocento.

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