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En vigor las ayudas sustitutivas del cese de actividad por COVID-19

No pagarán la cuota de julio y tendrán una reducción en agosto y septiembre.

El Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, durante su intervención en una sesión plenaria en el Senado centrada en el debate con el Ejecutivo central en los rebrotes de Covid-19 surgidos en las últimas fechas en España, los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs), o los derechos de las personas LGTBI, entre otros asuntos, en Madrid (España), a 30 de junio de 2020. Se trata de la primera de las dos sesiones que la Cámara Alta recuperará de los plenos perdidos en la pandemia.  30 JUNIO 2020 POLÍTICA;MEDIDAS POLÍTICAS  Jesús Hellín / Europa Press  30/06/2020
El Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, durante su intervención en una sesión plenaria en el Senado centrada en el debate con el Ejecutivo central en los rebrotes de Covid-19 surgidos en las últimas fechas en España, los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs), o los derechos de las personas LGTBI, entre otros asuntos, en Madrid (España), a 30 de junio de 2020. Se trata de la primera de las dos sesiones que la Cámara Alta recuperará de los plenos perdidos en la pandemia. 30 JUNIO 2020 POLÍTICA;MEDIDAS POLÍTICAS Jesús Hellín / Europa Press 30/06/2020Jesús Hellín (Europa Press)

Los trabajadores autónomos que se han visto afectados por la crisis del coronavirus con el cierre de sus negocios durante el estado de alarma, o con una reducción de al menos el 75 por ciento de sus ingresos, han podido acceder al cese de actividad.

Así las cosas, desde el 1 de julio ya están en vigor las nuevas medidas para autónomos que el Gobierno ha publicado en el BOE, y que han sido acordadas con las principales asociaciones del colectivo: ATA, UPTA y UATAE, según informa Europa Press.

Estas ayudas consisten en la reducción de las cotizaciones sociales durante los próximos tres meses para todos aquellos trabajadores por cuenta propia que han estado percibiendo la prestación extraordinaria. Cabe recordar que durante los meses de abril, mayo y junio sus cuotas quedaron exentas, así como la mitad de marzo.

De este modo, los beneficiarios de esta prestación extraordinaria estarán exentos de pagar la cuota de autónomos en julio y contarán con una reducción del 50% en agosto y del 25% en septiembre. Tal y como señala Europa Press, esto se traducirá en un ahorro mínimo de 500 euros para cada autónomo.

Autónomos de temporada, esta vez sí

Los autónomos de temporada, tendrán opción de consultar si cumplen con los requisitos necesarios para acceder a una prestación por cese con condiciones específicas para ellos.

Este colectivo podrá acceder a dicha prestación con efectos del 1 de junio y hasta el 31 de octubre, cobrando el 70% de su base reguladora más la exoneración de las cotizaciones sociales.

Al igual que con el resto de profesionales del RETA, la solicitud para percibir estas ayudas se realiza a través de las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, y en este caso no se requerirá un periodo mínimo de cotización.

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