El Gobierno delega en las regiones la restricción de aforos comerciales en la nueva normalidad
Tiendas, bares y hoteles se regirán por las reglas autonómicas y deberán facilitar a Sanidad datos de sus clientes si hay rebrote
A punto de cumplirse tres meses desde el decreto inicial del estado de alarma en respuesta a la pandemia del Covid-19, el Consejo de Ministros celebró ayer su primer encuentro presencial en semanas para aprobar el real decreto ley que establece las medidas de prevención y contención del coronavirus que regirán durante la llamada “nueva normalidad”. La norma, a la que ha tenido acceso Cinco Días, mantiene el uso obligatorio de mascarillas, “en condiciones económicas no abusivas”, siempre que no sea posible mantener una distancia social de seguridad de 1,5 metros, y establece una serie de medidas de prevención e higiene en transportes, lugares de trabajo, centros educativos o sanitarios, hasta que exista una vacuna o un tratamiento contra el virus.
Se trata de un nuevo marco que viene a sustituir el paraguas legislativo que ha supuesto hasta ahora la figura constitucional del estado de alarma a las puertas del fin de su sexta prórroga, anunciada por el Gobierno como la última ante la creciente negativa de la oposición a secundar nuevas extensiones que permitieran cubrir todo el proceso de desescalada del confinamiento. A su fin, el 21 de junio, decaerán en todo el país las restricciones de movilidad aún vigentes, así como todas las medidas que han ido ligándose al estado de alarma, lo que ocurrirá antes incluso en las regiones en fase 3 que decidan dar el paso ya a la nueva normalidad. Con el decrto, el Gobierno mantiene algunas restricciones y deja en manos de las regiones impulsar otras sobre comercios, restaurantes u hoteles.
“Hasta que no tengamos derrotado al virus, tienen que mantenerse en vigor” estas medidas, avanzó el ministro de Sanidad, Salvador Illa, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, aclarando que el decreto seguirá vigente hasta que el Gobierno declare superada la pandemia en un informe motivado, que deberá emitir de forma coordinada con las comunidades autónomas en el seno del Consejo Territorial de Salud y previo informe del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencia Sanitarias.
Mientras tanto, estas son las principales medidas que incluye el decreto impulsado por el Ministerio de Sanidad y el de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana:
Uso de mascarillas
Los mayores de seis años estarán obligados a usar mascarilla “en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no resulte posible garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros”, reza la norma. Quedarán eximidos discapacitados, dependientes o quienes sufran dificultades respiratorias, así como quienes practiquen deporte al aire libre, ejerzan labores incompatibles o se ven amparados por causas de fuerza mayor.
Transportes
El uso de mascarillas también estará exigido en desplazamientos aéreos, marítimos (salvo en camarotes) o ferroviarios, en autobuses, así como en transportes públicos y privados de hasta nueve plazas si los viajeros no conviven. Aquellos con asiento preasignado deberán conservar los datos de sus viajeros durante cuatro semanas para su localización de confirmarse que incluyen a algún contagiado.
Sanciones
El incumplimiento del uso obligatorio de mascarillas será sancionado con multas de hasta 100 euros. “Serán las comunidades autónomas y las entidades locales a las que les corresponderá las funciones de vigilancia, inspección y control”, avanza Sanidad.
Comercio, hospedaje y restauración
Una de las principales novedades del decreto es que, según explicó Illa, se deja en manos de cada comunidad establecer las medidas de limitación de aforo, distancias de seguridad, acondicionamiento y medidas de higiene que considere necesario exigir en establecimientos de restauración, ocio, comercio y hospedaje. Será el caso, cita el decreto, de comercios de venta minorista o mayorista; bares, restaurantes y demás establecimientos de hostelería y restauración; hoteles, alojamientos turísticos, residencias universitarias, campings, aparcamientos de caravanas y cualquier otro alojamiento similar a los citados; o el de museos, bibliotecas, archivos o monumentos, locales para espectáculos públicos y de otras actividades recreativas. Hasta ahora, el plan de desescalada fijaba de forma homogénea una serie de normas específicas para cada sector en cada una de las fases. Ahora, sin embargo, cada región podrá decretar medidas diferentes para “evitar aglomeraciones y garantizar que clientes y trabajadores mantengan una distancia de, al menos, 1,5 metros”. Eso sí, el Gobierno admite que “cuando no sea posible mantener dicha distancia de seguridad” se tomen las “medidas de higiene adecuadas para prevenir los riesgos de contagio”.
Eventos deportivos
En el caso de la Liga de Fútbol Profesional y la ACB, su funcionamiento dependerá del Consejo Superior de Deportes, previa consulta con los organizadores de las competiciones deportivas, las comunidades autónomas y el Ministerio de Sanidad.
Datos de clientes
Todos los establecimientos, medios de transporte y centros públicos o privados tendrán la obligación de “facilitar a las autoridades sanitarias la información de la que dispongan” sobre sus clientes a fin de facilitar la identificación de personas contagiadas o potencialmente afectadas.
Rebrotes
El decreto también impone a los sistemas de salud autonómicos y las residencias de ancianos estar provistos del material y el personal necesario para afrontar posibles rebrotes de la pandemia.
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