Amazon no se salta la ley por almacenar y distribuir productos de terceros que infrinjan derechos de marca
El Tribunal Superior de la UE da la razón al gigante del 'ecommerce' en su papel de 'marketplace' frente a la multinacional estadounidense de cosmética Coty
El tribunal de Justicia superior de la UE (TUE) ha respaldado a Amazon en su disputa con la marca de cosmética estadounidense Coty. Según ha dictaminado la institución europea este jueves, el gigante del ecommerce no comete ninguna infracción por almacenar en su plataforma productos que violan los derechos de marcas de terceros.
El mero almacenamiento por parte de Amazon, en el contexto de su plataforma de comercio electrónico, de productos que infringen los derechos de marca no constituyen una infracción por parte de esta compañía de tales de derechos de marca”, ha señalado el Tribunal, con sede en Luxemburgo.
En este caso, el tribunal deja claro que se refiere al papel que juega Amazon como marketplace, pues la compañía, además de actuar como minorista y vender directamente productos a través de su tienda online, también ofrece su plataforma para que terceras empresas comercialicen sus bienes utilizando su infraestructura.
El tribunal de Luxemburgo resuelve así la cuestión prejudicial elevada por el Tribunal Supremo de lo Civil y Penal de Alemania, que había planteado dudas al TUE con respecto a la demanda que había presentado la empresa Coty Germany. Esta distribuidora de perfumes había denunciado que la compañía de Jeff Bezos había infringido los derechos de su marca por almacenar y despachar perfumes Davidoff, de la que ostenta una licencia para su venta.
Según había denunciado esta compañía, dos empresas de Amazon infringían sus derechos almacenando y distribuyendo en el mercado de la UE botellas de un perfume de una tercera empresa llamado Davidoff Hot Water a pesar de que no había dado su consentimiento para hacerlo. Coty Germany había solicitado a los tribunales alemanes que ordenaran a Amazon que no almacenaran ni suministraran dicho producto.
El tribunal ha insistido en que una empresa que, en nombre de un vendedor externo, almacena productos sin darse cuenta de que infringe los derechos de marca comercial, no utiliza esa marca y no persigue, como el vendedor, el objetivo de ofrecer los productos, no está cometiendo ninguna infracción.