La JUR descarta de forma definitiva pagar a los afectados por la quiebra de Banco Popular
Asegura que los inversores no habrían recibido un mejor trato en un proceso ordinario de insolvencia.
La Junta Unica de Resolución (JUR) de la eurozona decidió este miércoles de forma definitiva que no se requiere compensar a los accionistas y acreedores afectados por la resolución del Banco Popular puesto que dichos inversores no habrían recibido un mejor trato en un proceso ordinario de insolvencia.
La JUR ha basado su decisión en el último informe de valoración de la entidad, elaborado por la consultora Deloitte, que determinó que una liquidación habría costado entre 23.400 millones y 34.100 millones de euros, cifras muy superiores a los 11.400 millones que costó la resolución del banco, así como en los comentarios remitidos desde entonces por los afectados.
La agencia europea ya había anunciado en agosto de 2018 su decisión preliminar de no dar compensación, tras lo cual abrió un proceso de "derecho de audiencia" para que acreedores y accionistas pudiesen presentar sus argumentos.
La JUR ha evaluado desde entonces 2.856 de estas opiniones, que también han sido analizadas por Deloitte, al que se considera valorador independiente, y ha confirmado su conclusión preliminar.
"Esta decisión cierra el proceso de análisis para determinar si un proceso de insolvencia hubiera producido un mejor resultado para los accionistas y acreedores afectados de Banco Popular Español", informó en un comunicado la presidenta de la JUR, Elke König.
"Está claro que no es el caso. Comprendo que será decepcionante para aquellos que hayan sufrido pérdidas, pero ello demuestra que el marco de resolución es efectivo, y que ha protegido a los contribuyentes de pérdidas y de inestabilidad financiera", añadió.
La JUR ordenó la resolución del Banco Popular el 7 de junio de 2017 después de que el Banco Central Europeo (BCE) declarase que era inviable o existía la probabilidad de que lo fuera a ser al considerar que era necesario para salvaguardar el interés público y la estabilidad financiera.
La resolución -la primera ordenada por la agencia comunitaria creada al calor de la crisis financiera- se saldó con la venta del Popular por un euro al Banco Santander y fue ejecutada por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) español.
Tras la misma, se encargó a Deloitte -que había elaborado los informes que sirvieron de base para ordenar la resolución- una valoración a posteriori de la operación para determinar si, como exigen las reglas comunitarias, fue más ventajosa para inversores y depositantes que una liquidación al uso.
Este informe final, publicado parcialmente en agosto de 2018, señala que la liquidación de la entidad habría costado entre 23.400 millones y 34.100 millones de euros, por encima de los 11.400 millones que costó la resolución, y que pagaron íntegramente accionistas y tenedores de deuda subordinada.
En todos los escenarios de liquidación analizados se habrían perdido 9.400 millones en capital y 2.000 millones en deuda subordinada, igual que ocurrió en la resolución, así como otros 8.600 millones en instrumentos subordinados.
Lo que varía en cada caso son las pérdidas que hubieran tenido que costear el resto de clientes.
En el escenario más benévolo, con una liquidación a siete años, estos habrían perdido entre 3.300 millones y 8.500 millones, es decir, entre el 13 % y el 33 % del valor total de sus derechos, respectivamente.
En el menos favorable, con una liquidación en dieciocho meses como marca la ley concursal española, las pérdidas habrían oscilado entre 8.000 millones en el mejor caso y 14.000 en el peor (el 33 % y 54 % de sus derechos, respectivamente).
Además, el informe señala que una liquidación habría afectado a los depósitos garantizados de la filial del Popular Banco Pastor obligando a intervenir al Fondo de Garantía de Depósitos.
La decisión de la JUR en 2017 provocó un aluvión de demandas ante la justicia española y europea que aún deben dirimirse.