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¿Sabrías diferenciar un autónomo TRADE de un falso autónomo?

Un TRADE depende económicamente de un cliente, mientras que el falso autónomo tiene una relación laboral con la empresa, aunque de forma encubierta para que la corporacióna ahorre costes. ¿Cómo detectarlo? ¿Cómo saber si soy falso autónomo?

falso autonomo

¿Es lo mismo un falso autónomo que un TRADE? La respuesta es no. Mientras un TRADE es un autónomo que depende económicamente de un cliente, es decir, percibe el 75% de sus ingresos; el falso autónomo es aquel que ocupa un puesto laboral y tiene un horario, pero está dado de alta como autónomo.

Desde Billin explican que a diferencia del autónomo, un TRADE, tendrá un contrato mercantil con dicho cliente, que le asimilará a las condiciones de un trabajador por cuenta propia. El TRADE, tendrá que cumplir unos requisitos como no tener a su cargo trabajadores, ni subcontratar su trabajo a terceros, no ejecutarán su trabajo de forma indiferenciada con el resto de trabajadores, debe poseer una infraestructura productiva y unos medios de producción, desarrolla su tarea con sus propios criterios organizativos y percibirá una prestación económica en función del resultado de su actividad.

Por su parte, el falso autónomo es una figura que tiene una relación laboral con una empresa (no un contrato mercantil o de prestación de un servicio), pero se ha englobado en el Régimen Especial de Trabajadores de Autónomos. Una de las claves es que, dentro del seno de la empresa, realiza las mismas funciones que el resto de trabajadores, que sí están dados de alta en el Régimen General.

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Esta última figura es completamente ilegal. Menosprecia el trabajo de los empleados por cuenta propia, debido a que se introduce en la empresa como un trabajador colaborativo, además de suponer un gran ahorro de costes sociales para el empresario. Este es, de hecho, el motivo fraudulento por el que se utiliza en la mayoría de los casos: ahorrarse los costes sociales y que sea el propio trabajador quien los abone.

Otra de las claves para saber si soy un falso autónomo es la imposición de horarios y vacaciones. También quién dispone los medios de producción para ejecutar el trabajo.

Un TRADE tendrá definido en su contrato esos periodos de descanso. Un autónomo debe ser, como su nombre indica, capaz de autogestionar y decidir, por sí mismo, cuándo quiere irse de vacaciones y cuáles son sus horarios. Todo ello sin intervención de la compañía a la que presta sus servicios. Si sí existe dicha imposición por parte de la empresa, y no hay un acuerdo como TRADE, entonces estaríamos siendo tratados como un falso autónomo.

Algo similar ocurre con los medios de producción, que deberán ser propios en el caso del autónomo. Si soy obligado a desplazarme habitualmente a unas oficinas, para desempeñar con medios de la empresa los trabajos para los que he sido contratado, también podríamos estar en situación de falsos autónomos.

Medidas para acabar con los falsos autónomos

En julio se aprobó el Plan Director por un Trabajo Digno que comprende los años 2018-2019-2020, como la principal medida para acabar con la figura del falso autónomo. Su principal fin, es conseguir que estos 40.000 falsos autónomos pasen al Régimen General, siendo dados de alta de oficio, tras recibir Inspecciones de Trabajo.

Entre las medidas que se están desarrollando en este sentido destaca un aumento de las inspecciones y una mayor planificación en su actuación, priorizar los sectores más afectados por esta figura, ampliar la relación con la Tesorería de la Seguridad Social, y el resto de entidades que puedan facilitar información que nos permita detectar a estos falsos autónomos.

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