La CNMV revisa que se cumplen al milímetro las nuevas normas sobre CFD
Chequeará la fórmula con la que las firmas evitan saldos negativos en las cuentas
Desde el verano de 2018, la operativa de los pequeños inversores con contratos por diferencias (CFD) está limitada y con las opciones binarias más especulativas, directamente prohibida. Así lo decidió el coordinador de las comisiones europeas de valores (ESMA) en una decisión que se prorroga trimestralmente. La CNMV quiere asegurarse de que las restricciones se cumplen, de manera que ha lanzado una revisión sobre los principales comercializadores.
El supervisor que preside Sebastián Albella supervisará, con referencia a una muestra representativa, el cumplimiento de las reglas correspondientes a los niveles de apalancamiento, los procedimientos para recabar garantías adicionales y el cierre de posiciones y los procedimientos para evitar el saldo negativo por cuenta.
Desde el 2 de julio del año pasado está prohibido que se vendan opciones binarias extremadamente especulativas a los particulares. Un mes más tarde, la comercialización de CFD fue limitada. Su apalancamiento máximo es ahora de 30 veces (invertir por 300 euros con solo 10), y solo para las divisas más estables, como el dólar estadounidense, el euro, el yen, la libra, el dólar canadiense y el franco suizo. El nivel más restrictivo, de dos veces (se puede apostar por dos euros con uno), se aplica a las criptomonedas.
ESMA exige un cierre automático de posiciones en caso de consumo de garantías y que el inversor en ningún caso pueda perder más dinero del que ha depositado en la cuenta. Estas cuestiones y el apalancamiento son las que revisará la CNMV antes de julio, según consta en el plan de actividades del supervisor para el presente ejercicio.
Los proveedores de estos derivados han de publicar además en sus páginas web el porcentaje de sus clientes de CFD que pierde dinero, que roza el 90% en los casos más extremos.
Las medidas, acordadadas por ESMA, deben renovarse trimestralmente, y la última vez que se ampliaron fue el pasado 27 de marzo, con efectos el próximo 1 de mayo. Pero la CNMV ha movido ficha para limitar ad eternum este instrumento, con una resolución “que permita la implementación de las mismas en España de forma indefinida”. El documento, que se sometió a consulta pública el pasado mes noviembre, todavía carece de efectividad.
Una de las eventuales medidas estrella para este año propuestas por la CNMV se refiere a la limitación de la publicidad de estos instrumentos. Se plantea, en concreto, restringir el patrocinio de clubes de fútbol por parte de firmas que comercializan CFD. Así ocurre por ejemplo con el Atlético de Madrid, cuyo principal patrocinador es el intermediario Plus 500, cuyo logotipo lleva en la camiseta “Adoptará medidas o formulará propuestas dirigidas a restringir la publicidad al público en general de contratos por diferencias (CFD) y otros productos financieros complejos”, señala la CNMV en un documento. Diversos países europeos restringen ya este tipo de publicidad, por ejemplo, en horarios determinados.
IG lanza opciones para diversificar su negocio
Dos tipos. IG, uno de los grandes proveedores de CFD a nivel mundial, ofrece en España, desde poco tiempo después de que se impusieran las restricciones, dos tipos de opciones. Primera, las vanilla, , que otorgan el derecho, pero no la obligación, de comprar o vender una cantidad determinada de un instrumento financiero por un precio concreto y en una fecha predeterminada. La segunda opción son las barrera, en la que su valor desaparece en caso de que el subyacente alcance un determinado nivel (knockout , en la jerga). Con todo, el conocimiento necesario para usar estos derivados es muy elevado. IG avisa de que son instrumentos financieros complejos y de que capital está en riesgo. “Puede sufrir pérdidas rápidamente”, sentencia. .