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Regulacion

La CNMV da el primer paso para limitar para siempre las opciones binarias y los CFD

Sigue las medidas aprobadas por el regulador europeo en verano

La CNMV da el primer paso para que la prohibición de la comercialización de opciones binarias y determinados CFD, que el regulador europeo introdujo este verano durante tres meses y prolongó por tres más,  se extienda indefinidamente. Para ello ha sacado este lunes a consulta pública un documento en el que transfiere a la normativa española las medidas impuestas desde Europa.

El documento presentado estará disponible para su consulta pública hasta el 30 de noviembre, cuando finaliza también el plazo para remitir comentarios sobre el mismo. Después, la CNMV revisará esas apreciaciones y su idea es que la norma española entre en vigor cuando decaiga la europea, en enero.

Los CFD son un tipo de derivado que, dependiendo del intermediario, permite apostar hasta 200 veces el dinero disponible. En los casos más extremos y durante las promociones más agresivas se llega incluso a las 400 veces. Este nivel supondría invertir por el equivalente a 400.000 euros con tan solo 1.000 en la cuenta.

Este documento prohíbe la comercialización de opciones binarias. Y  limita el apalancamiento de los pequeños inversores a 30 veces (invertir por 300 euros con 10 euros), y este nivel es solo para las divisas más estables, como el dólar estadounidense, el euro, el yen, la libra, el dólar canadiense y el franco suizo.

En el resto de las divisas, en el oro y en un puñado de índices bursátiles –el FTSE 100, el Cac 40, el Dax 30, el Dow Jones, el S&P 500, el Nasdaq, el Nasdaq 100, el Nikkei, el australiano ASX 200 y el Euro Stoxx 50– el umbral máximo baja a 20 veces. Es decir, apostar por 200 euros con 10.

El límite de apalancamiento se reduce a 10 veces en otras materias primas distintas al oro, como el petróleo, el gas, la plata, y los índices de Bolsas diferentes a los mencionados. Es decir, los CFD sobre el Ibex se comercializarán con un préstamo máximo de 10 euros por cada uno que tenga el cliente. El nivel de apalancamiento de cinco veces será el estándar para los valores de Bolsa de forma individual y cualquier otro activo subyacente no mencionado.

El nivel más restrictivo, de dos veces (se puede apostar por dos euros con uno), se aplica a las criptomonedas. Aquí, la estrella es el bitcóin, pero también caen bajo el control de la norma otros activos, como el Ethereum, el dash, el ripple o el litecóin.

Estas medidas además establecen una obligación de cierre de posiciones en las cuentas en caso de consumo de garantías; un mecanismo de protección frente a saldos negativos a nivel de cuenta del cliente; impedir el uso de incentivos por parte de los proveedores de CFD; y establecer una advertencia estandarizada sobre el riesgo correspondiente a cada entidad.

Una de las grandes novedades de la regulación de ESMA, que estrena los poderes de prohibición de productos que le otorga la segunda edición de la directiva Mifid para que los mercados funcionen mejor, es que las pérdidas que los minoristas pueden registrar queden limitadas al importe invertido. Es decir, los clientes nunca podrán tener saldos negativos. En teoría, esta protección será excepcional puesto que ESMA también ha puesto en marcha un sistema de garantías mínimas.

Así, los intermediarios deberán cerrar uno o varios CFD cuando las garantías necesarias caigan por debajo del 50% del importe de la garantía inicial para los CFD abiertos. Hasta ahora, cada bróker aplicaba sus propios controles y en muchos casos no cerraban posiciones hasta que se habían consumido todas las garantías con las que contaba el cliente.

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