El autónomo y sus desventajas como forma jurídica al empezar una actividad
Si estás pensando en emprender un negocio, piensa bien la forma jurídica que vas a adoptar.
Cuando un emprendedor decide poner en marcha su actividad tiene diferentes formas jurídicas a las que ampararse. Si opta darse de alta en el Sistema Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), probablemente sea el camino más rápido, aunque no siempre lo más recomendable.
Ser autónomo: desventajas a tener en cuenta
Lo primero que debes tener en mente es que el autónomo tiene responsabilidad ilimitada, lo que implica que si el negocio le sale mal las deudas recaerán sobre su figura, por lo que tendría que responder en última instancia con su patrimonio personal.
Según puede leerse en una información publicada por EFE Empresas, aunque el autónomo no está obligado a inscribirse en el Registro Mercantil, es aconsejable que lo haga, ya que de esta forma podría registrar los datos de su cónyuge, en caso de estar casado, para poder eximir a su marido o mujer de las deudas derivadas de la actividad profesional.
Afrontar todos los gastos y departamentos es otro de los puntos en contra de optar por esta forma jurídica. El propio empresario tendría que ocuparse de todos los gastos, inversiones y de llevar la gestión y la administración de su actividad. En caso de solicitar financiación bancaria para afrontar estas inversiones, expondrá su economía particular, tal y como comentábamos con anterioridad. Es por eso que, si se prevé la necesidad de un gasto importante, valoremos otras fórmulas jurídicas más protectoras para las cuentas personales del profesional, como por ejemplo la Sociedad Limitada.
Por último, en el caso de que consiguiese sacarle rentabilidad a su negocio, el empresario deberá enfrentarse a elevados impuestos, al tener que tributar a través de IRPF. SI optase por crear una sociedad no tributaría por este método. La diferencia radica en que el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas incrementa el porcentaje sobre la base imponible en función de los ingresos. Cuanto mayores son estos, mayor es el porcentaje que los grava. En Sociedades este es fijo, independientemente de lo que se ingrese.
Es por eso que muchos gestores recomiendan revisar los ingresos. A partir de los 40.000 euros anuales es acertado valorar si conviene pasarse a Sociedades, con el objetivo de afrontar menos gatos para el autónomo.