Desde abril, se acabaron estas bonificaciones
Un Real Decreto establece cambios en las bonificaciones para autónomos por baja maternal o paternal
Con la llegada del mes de abril, muchos autónomos tendrán que decir adiós a una serie de bonificaciones. Sincro recuerda que a partir del día 1 entrará en vigor un Real Decreto que establece unos cambios para los trabajadores autónomos.
Uno de los cambios que introduce el Real Decreto tiene que ver con la bonificación de cuotas de Seguridad Social para autónomos durante su baja por maternidad o paternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
Cuando se dé alguno de esos casos, siempre que este periodo de baja tenga una duración de al menos un mes, recibirán una bonificación de 100% de la cuota de autónomos. Esa bonificación se aplicará a la base media de ese trabajador durante los 12 meses anteriores a acogerse a esta medida.
Pero si el autónomo lleva dado de alta menos de 12 meses, la base media de cotización se calculará desde la fecha de alta.
60 euros al mes
Por otro lado, a partir del mes de abril también sufrirán cambios las bonificaciones que reciben las trabajadoras autónomas que se reincorporen al trabajo. En esos casos, cuando la trabajadora haya cesado su actividad por baja maternal o por haber adoptado o acogido a algún menor y se reincorpore a su puesto de trabajo antes de que hayan pasado dos años desde que se cogiera la baja, tendrá derecho a una bonificación. De esa manera, su cuota por contingencias comunes y contingencias profesionales quedará fijada en 60 euros mensuales durante los 12 meses inmediatamente siguientes a la fecha de su reincorporación al trabajo. Pero eso solo será en el caso de que haya optado por cotizar por la base mínima establecida con carácter general en el régimen especial que corresponda por razón de la actividad por cuenta propia.
Pudiera darse el caso de que estas trabajadoras hayan optado por una base de cotización superior a la mínima indicada, por lo que podría acogerse a una bonificación del 80% sobre la cotización por contingencias comunes.