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Aplazado el juicio de los “falsos autónomos” de Deliveroo

El motivo del aplazamiento es la solicitud de un informe a Hacienda que determine los ingresos de los riders, para comprobar si vienen de una sola empresa o de varias, lo que inclinaría la balanza hacia una figura laboral próxima a autónomos.

El juicio entre la Tesorería General de la Seguridad Social y Deliveroo por la situación de sus trabajadores queda aplazado hasta mayo del año que viene, según informa Europa Press en uno de sus comunicados.

Los trabajadores de la compañía de reparto de comida a domicilio han logrado posponer hasta el 31 de mayo el juicio que estaba previsto que se celebrara en el Juzgado de lo Social número 29 de Madrid. Y es que estos trabajadores han solicitado un informe pericial que demuestre que son autónomos al trabajar para otras empresas de distribución ante la acusación de mostrar una "falsa apariencia" de autónomos por cuenta propia para "encubrir" una relación laboral ordinaria.

Asalariados o autónomos

El juicio trata de esclarecer si estos trabajadores deben ser asalariados y no trabajadores autónomos de la multinacional británica, como expone la Inspección de Trabajo y que determina que estos repartidores están bajo una "falsa apariencia" de autónomos por cuenta propia para "encubrir" una relación laboral ordinaria.

El despacho de abogados Colectivo Ronda, especializado en el ámbito laboral, presentó en su día las denuncias que han conducido a Inspección del Trabajo a condenar el modelo de relaciones laborales de Deliveroo, tanto en Valencia, como en Barcelona y Madrid.

"Los juicios celebrados hasta ahora, hacen referencia al caso concreto de los demandantes y, por tanto, las sentencias que se obtengan no extienden sus efectos a la totalidad del colectivo de repartidores. En cambio, la demanda que debe resolverse el lunes sí hace referencia al conjunto de repartidores de Madrid, a la espera que se celebren los juicios por las denuncias interpuestas también en Valencia y Barcelona", ha manifestado el abogado laboralista de Colectivo Ronda Nacho Parra.

Parra considera que los informes de Inspección de Trabajo han sido "contundentes a la hora de señalar el carácter fraudulento de lo que Deliveroo denomina 'contrato de prestación de servicios'".

A su juicio, "todo ello constituye una prueba evidente de que la relación responde a todas las características de dependencia y ajenidad que indica la existencia de una relación laboral ordinaria sin ninguna de las características de autodeterminación que son propias del trabajador autónomo".

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