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Tengo paro sin cobrar, y ya no soy autónomo: ¿cómo acceder a él?

Un ex autónomo podrá seguir cobrando el paro que tuviera pendiente como asalariado antes de darse de alta como trabajador por cuenta propia. Aunque cumpliendo unos requisitos. Si no, podría perder ese derecho a paro.

El cese de actividad en trabajadores autónomos, lo que sería lo más parecido al paro en los asalariados, suscita algunas controversias, sobre todo cuando se da la situación de que se ha trabajado como asalariado, se ha dado de alta como autónomo, ha cursado baja en el RETA y se quiere seguir cobrando la prestación que se tenía por paro.

El Servicio Público de Empleo se pone en situación y explica que para poder cobrar la prestación por desempleo por el tiempo que se trabajó por cuenta ajena (antes de darse de alta como autónomo), la persona que desee cobrarlo deberá volver a trabajar por cuenta ajena y quedar en situación legal de desempleo.

Eso significa que si uno lleva trabajando 5 años en un gabinete de prensa de una empresa, se queda en paro, antes de darse de alta como autónomo para, por ejemplo, montar una consultoría de comunicación, si se desea cobrar el subsidio por desempleo, deberá tener legalizado este trámite para percibir la prestación.

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Para la prestación por desempleo, se tendrá en cuenta todo lo cotizado a desempleo en los 6 años anteriores a esta última situación legal de desempleo.

Pero hay otro supuesto, ¿y si uno se queda en paro, cobra el paro y suspende el cobro de la prestación para empezar a trabajar como autónomo? ¿Se podría cobrar el paro? Pues solo en el caso de darse de baja en el RETA, siempre que la duración del trabajo por cuenta propia haya sido inferior a 24 meses.

Siguiendo con el ejemplo anterior, en el caso de que la consultoría de comunicación no fuera como se esperaba y en menos de 24 o de 60 meses, el trabajador se diera de baja en el RETA, también podrá reanudar la prestación por desempleo si justifica haberse dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

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