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¿Qué es un due diligence y cómo debe hacerla una pyme?

El informe se realiza cuando hay inversores interesados en acudir a rondas de inversión, antes de un proceso de compra o en un cambio de órgano de administración

Due Diligence es una investigación o auditoría elaborada por consultores externos, que examinan con detalle las distintas áreas de la empresa para determinar si cumple con sus obligaciones con la ‘diligencia debida’ y no existen riesgos legales sustanciales derivados de su actividad. Una due diligence, informan desde la firma de servicios jurídicos especializada en negocios tecnológicos e innovadores, Metricson, suele durar alrededor de 2 a 3 semanas. Mientras que si se necesita para completar una operación de venta tarda alrededor de 1 mes.

El informe se realiza cuando hay inversores interesados en acudir a rondas de inversión, antes de un proceso de compra o en un cambio de órgano de administración.

Según la firma de servicios jurídicos, antes de iniciar este proceso, la empresa analizada debería haber llevado a cabo un análisis previo en profundidad para asegurarse de que todo está en su sitio.

El proceso comienza con una lista de tareas que entrega el consultor responsable sobre la información que debe facilitar la empresa. Generalmente se pide información sobre contratos, la propiedad intelectual e industrial, privacidad, corporate, fiscal y laboral, regulatorio y contable. En caso de no existir dicha información, la empresa deberá explicar bien los motivos por los que la información solicitada no existe o es irrelevante, para evitar contingencias en el informe final.

Información confidencial

El contrato previo al inicio de la due diligencese deberá especificar que la información proporcionada es confidencial y no se trasladará íntegramente al inversor o comprador, que sólo tendrá acceso al informe resultante. De esta forma se evita que obtenga datos críticos de la empresa analizada, que podría utilizar en caso de que finalmente adquiera o invierta en un competidor.

En el informe final, además de las conclusiones, aparece una descripción de los riesgos e incumplimientos detectados. En caso de existir, el vendedor o inversor puede pedir una reducción proporcional de la valoración de la compañía, esperar a que las contingencias queden cubiertas antes de llevar a cabo la operación o incluirlas en las manifestaciones y garantías del contrato, de forma que cualquier sanción, multa o indemnización derivada de las mismas deba ser cubierta en el futuro por el vendedor.

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