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Tribuna
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ICOs: nuevas reglas del juego

La tecnología 'blockchain' ha revolucionado el modo de compartir activos digitales, al transmitir la titularidad de un activo mediante una base de datos que no está almacenada de manera central

CINCO DÍAS

La tecnología blockchain ha revolucionado el modo de compartir activos digitales, al transmitir la titularidad de un activo mediante una base de datos que no está almacenada de manera central sino de forma distribuida, y cuyo rastro es visible y no alterable para la comunidad de usuarios. 

Como sabemos, siempre se ha podido transmitir la posesión de un objeto físico, pero en el caso de los objetos digitales, hasta ahora, toda acción de compartir implicaba realizar una copia de ellos, sin poder probar que quien envía el archivo se haya deshecho de él. Con blockchain, las reglas del juego cambian por completo, al ser comprobable que el emisor ya no tiene la posesión del activo.

Lo anterior es posible gracias a la criptografía. Mediante ella se define que solo un usuario con una determinada clave puede tener acceso a un activo digital; transmitir dicho activo significa cambiar la clave que le otorgaba acceso, por lo que la propiedad cambia y la posibilidad de disponer del activo también. 

De esta manera, compañías de todo tipo están comenzando a experimentar las posibilidades de usar la tecnología Blockchain para su propio negocio. Entre las formas de hacerlo, una de las más conocidas son las Initial Coin Offerings (ICOs) para obtener financiación. En 2017, se recabaron alrededor de 4.000 millones de dólares mediante estas emisiones, algo que no ha pasado inadvertido para las autoridades financieras. 

En España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) considera que se requiere coordinación con instancias reguladoras transnacionales, como la Autoridad Europea de Valores y Mercados. El supervisor cree que muchas de las transacciones realizadas como ICOs deberían tratarse como emisiones u ofertas públicas, y, de esta manera, quedar sujetas a las reglas de la Ley del Mercado de Valores. Hasta el momento, en España no se han registrado ni autorizado ICOs por parte de la CNMV o el Banco de España, y, de realizarse, no está garantizado que se beneficien de la protección del marco legal que ofrecen España o la Unión Europea. 

Se tendrán que tener en cuenta diferentes aspectos legales y consideraciones para crear una legislación que se adapte a las nuevas necesidades, atendiendo a los casos particulares, los tipos de activos, y la implicación tributaria que estos tendrían. Los aspectos a observar ocupan una lista amplia y compleja para las autoridades pertinentes. 

La importancia que las ICOs están tomando a nivel internacional y la relevancia que las autoridades financieras les han otorgado, así como su preocupación por homogeneizar una regulación de manera consolidada muestran, una vez más, que la presencia e influencia de las ICOs y la tecnología Blockchain están aumentando de forma considerable. Ahora queda ver qué decisiones se tomarán para su regulación en los distintos países y en el ámbito transnacional. La realidad es que, ahora mismo, las reglas se han visto modificadas y el impacto de estas tecnologías no puede ignorarse. 

Abraham Nájera, socio del departamento Bancario y Financiero de CMS Albiñana & Suárez de Lezo y codirector del grupo de Banking & Finance de CMS a nivel internacional.

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