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Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Controlar el alquiler turístico bajo criterios de racionalidad y bien común

Los municipios aciertan al usar sus competencias, pero deben hacerlo sin restringir la actividad más de lo necesario

CINCO DÍAS

Fue Esopo el primero en enseñar el valor de contentarse con una próspera gallina y de cuidarse muy bien de no quedarse sin ella por culpa de un desordenado afán por el oro y la riqueza. Se trata de una vieja lección que encaja como un guante en los problemas que está creando el boom de los alquileres turísticos en España y en las soluciones que los Ayuntamientos están comenzando a tomar para resolverlos. Los pisos para viajeros se han convertido en una verdadera amenaza para la convivencia en el centro de las ciudades, pero también para el crecimiento ordenado y sostenido del turismo. Las cifras que aporta Exceltur sobre este fenómeno son demoledoras: en 2016, el número de plazas en viviendas turísticas superó ya en más de 30.000 al de plazas hoteleras, en un país cuya industria hotelera tiene un arraigo y una tradición más que considerables.

Pese a que las competencias en materia turística corresponden a las comunidades autónomas, las soluciones que estas han aportado al fenómeno, muy diversas, han fracasado y no han podido racionalizar la avalancha de viajeros en busca de un alquiler barato para sus vacaciones. Ello ha llevado a los municipios a tomar cartas en el asunto y utilizar sus prerrogativas en materia urbanística como forma de ordenar esta actividad, con medidas que incluyen desde acciones muy estrictas –como la adoptada por Palma de Mallorca, que ha decidido prohibir sine die el alquiler de pisos a viajeros– hasta soluciones intermedias, como delimitar determinadas zonas para esta actividad o fijar el plazo que pueden durar estos arrendamientos.

Tanto las comunidades autónomas como los municipios tienen competencia legítima para limitar los arrendamientos turísticos y aciertan al utilizarla como medio de evitar que estos se conviertan en un problema de convivencia social –y también económico y fiscal– inmanejable. Pero deben ejercer esas prerrogativas con eficacia y moderación, limitando la actividad para que se lleve a cabo bajo criterios de legalidad, pero sin ir más allá de lo que exija el orden público y el bien común.

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