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Bankia deberá pagar 6,17 millones a 87 cooperativistas que no obtuvieron su casa

Los expertos recomiendan a los compradores de vivienda sobre plano que no renuncien a recuperar su dinero Para los nuevos adquirentes, la ley solo les protege si la promotora cuenta con licencia de obras

Promociones en construcción en Madrid.
Promociones en construcción en Madrid.Pablo Monge
Raquel Díaz Guijarro

El Juzgado de Primera Instancia número 21 de Valencia ha dictado una sentencia en la que condena a Bankia a pagar a un grupo de 87 socios de la Cooperativa de Viviendas Móstoles Sur un total de 6.171.783 euros, después de que la promoción de casas que habían comprado sobre plano nunca llegara a realizarse. De esta manera, los cooperativistas recuperan las cantidades aportadas más los intereses legales correspondientes.

De hecho, la indemnización a la que tendrá que hacer frente Bankia asciende a 4,44 millones más otros 1,72 millones de intereses legales, lo que suma los citados 6,17 millones. Fuentes de la entidad admiten que estudian la sentencia y la posibilidad de interponer recurso a la misma.

Tal y como recuerda la directora de El Defensor de tu Vivienda, Marta Serra, se trata de una nueva sentencia basada en la Ley 57/68 que protege los derechos de los compradores de vivienda sobre plano que da la razón a éstos, confirmando que los bancos han de asumir su responsabilidad ante las cantidades que entregaron los cooperativistas en las cuentas abiertas para ese fin.

Serra relata que todavía hoy hay miles de afectados que en su día no recibieron la vivienda en los plazos comprometidos o las casas no llegaron a edificarse nunca y desconocen que pueden reclamar el dinero entregado. “Nosotros hemos gestionado reclamaciones de cantidades medias de 35.000 a 40.000 euros, pero nos hemos encontrado con casos que se elevan a 60.000 e incluso 120.000 euros, los ahorros de toda una vida”, asegura.

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En el caso de esta sentencia, la promoción que iba a construirse en el Sector Las Viñas I de Navalcarnero (Madrid) nunca llegó a ponerse en marcha y aunque la cooperativa no tenía contratado ningún seguro o aval bancario de las cantidades entregadas por los socios, como el banco tampoco se cercioró de que no existía dicha garantía, la ley obliga a la entidad bancaria a responder por las aportaciones realizadas. Sin embargo, desde El Defensor de tu Vivienda advierten que esa norma ha quedado derogada y la situación ha cambiado. Desde enero de 2016 quienes compren una casa sobre plano deben exigir que las cantidades estén aseguradas y que la promotora cuenta con licencia de obras.

Para no llevarse desagradables sorpresas en caso de que la entrega de las casas se retrase o, lo que es peor, no llegue a producirse nunca, los expertos aconsejan conocer muy bien quién es la promotora que lidera el proyecto. Además, es conveniente siempre saber si el solar sobre el que se va a edificar es de su propiedad, si está listo para construir o aún resta por culminar alguno de los trámites que exige el proceso urbanístico, en demasiadas ocasiones muy tedioso y largo.

Con la derogación de la anterior ley, ahora solo estarán garantizadas las cantidades que aporten los compradores a partir del momento en el que la promotora cuenta con licencia de obras, antes de obtenerla no está obligada a suscribir ningún seguro o aval bancario y, por lo tanto, si finalmente la promoción no se lleva a cabo, los compradores habrán perdido las aportaciones realizadas. Con el cambio normativo además se exime a los bancos de responder por esas cantidades. Por ello, los expertos insisten: "antes de comenzar a pagar, recaben toda la información posible y dejen que les asesoren profesionales".

Sobre la firma

Raquel Díaz Guijarro
Es jefa de Empresas en Cinco Días. Especializada en economía (inmobiliario e infraestructuras). Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en Cinco Días. Previamente trabajó en Antena 3 Radio, El Boletín, El Economista y fue directora de Comunicación de Adif de 2018 a 2022. Es licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense.

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