El Gobierno unifica los planes contra la sequía en todas las cuencas
Agricultura saca a consulta pública el reglamento sobre planificación hidrológica Establece criterios comunes y refuerza las competencias del Gobierno central
El pasado 21 de diciembre, el Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Mapama) remitió para su consulta pública un real decreto por el que se modifica el reglamento de la planificación hidrológica que se remonta a 2007. Concretamente, dicho real decreto, al que ha tenido acceso CincoDías, modifica el contenido relacionado con los planes de sequía y la definición “de los indicadores de sequía y escasez”.
Con este reglamento, cuyo borrador ha sido remitido a las empresas e instituciones afectadas, como las compañías eléctricas, las confederaciones hidrográficas o las comunidades autónomas, el Gobierno completará la reforma que abordó el año pasado para gestionar los periodos de sequía, como el que se vive en la actualidad, con reservas en niveles mínimos en algunas cuencas, como la del Segura, que se encontraba en diciembre al 13% de su capacidad (ver gráfico). El plazo de alegaciones termina el 22 de marzo.
El objetivo del real decreto, que regula los planes especiales de sequía, es establecer “criterios comunes” para aprobar los planes contra la sequía de forma coordinada en las distintas cuencas y evitar así “la indeseada heterogeneidad en el diagnóstico”, señala el texto.
Para ello, la coordinación de los distintos planes de las cuencas intercomunitarias (de los ríos que transcurren por más de una comunidad autónoma) corresponderá a partir de ahora a la Dirección General del Agua del Mapama. Y es que la sequía, “es un fenómeno meteorológico que no conoce de fronteras administrativas” y “un problema que comparten todas las demarcaciones hidrográficas”, por “lo que exige un tratamiento común a los efectos de evitar distorsiones que impidan la igualdad de trato”, señala el borrador en trámite.
En este sentido, el Ejecutivo considera adecuado incorporar en el reglamento de la Planificación Hidrológica los criterios comunes para la aprobación de los planes de sequía, de manera que se garantice la necesaria coordinación que debe existir entre éstos y los propios planes hidrológicos, “sin que se aumente por ello el número de normas aplicables en materia de aguas”.
El nuevo reglamento se centra en dos aspectos: por un lado la incorporación del contenido básico de un plan de sequías y por otro, el procedimiento para la aprobación, seguimiento y revisión de los planes de sequía.Estos se elaborarán con las propuestas de los distintos ministerios y organismos afectados y se presentará al Consejo del Agua de la Demarcación correspondiente. Este remitirá el plan a la Dirección general del Agua.
En cuanto al seguimiento y revisión (esta se hará cada seis años), las confederaciones podrán crear una oficina ténica de la sequía. Asimismo, se creará una comisión permanente de la sequía, para situaciones excepcionales. En este caso, las competencias pasarán al ministerio.
A la espera de noticias sobre el canon
El pasado verano el Tribunal Supremo planteó una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europa (TJUE) sobre la aplicación del canon español sobre el uso de las aguas continentales para la producción de electricidad. Un tributo que habían recurrido Acciona y Unesa.
Se espera para los próximos meses una respuesta que despeje el conflicto. Según el Supremo, dicha tasa podría ser una ayuda de Estado no responde al perfil de tributo medioambiental porque “no vela por proteger los supuestos daños ambientales”, sino que su fin es “establecer un mecanismo de financiación del déficit de tarifa”. En el caso de que la justicia dé la razón a las recurrentes, el sistema deberá devolver lo pagado: unos 200 millones anuales desde 2013.