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El Constitucional anula las 35 horas de los funcionarios de Andalucía

Considera que el Real Decreto autonómico invade las competencias del Estado El Gobierno decretó en 2012 la vuelta a las 37 horas en todas las Administraciones

Edificio del Tribunal Constitucional en Madrid.
Edificio del Tribunal Constitucional en Madrid.EFE

El Tribunal Constitucional ha declarado nula la reducción de jornada de trabajo del personal empleado público de la Junta de Andalucía a 35 horas y ha estimado el recurso presentado por el Gobierno contra la norma autonómica que la regulaba.

Así, el Decreto-ley 5/2016, de 11 de octubre, por el que se regulaba esta reducción de jornada, que ya había sido suspendido temporalmente por el alto tribunal, resulta ahora anulado por el Pleno de TC, porque invade competencias estatales.

El Constitucional considera que, al reducir a 35 horas semanales la jornada laboral para los funcionarios públicos autonómicos, y a 18 las horas lectivas semanales para el personal docente de esa Comunidad Autónoma, el Decreto-ley recurrido vulnera las normas dictadas por el Estado en el ejercicio de su competencia para regular el régimen jurídico de las Administraciones públicas.

En concreto, la sentencia declara que ley recurrida invade la competencia del Estado para establecer las bases del régimen jurídico de las Administraciones públicas y para regular las condiciones de obtención de títulos académicos.

En 2012, la norma que eliminó la paga extra de Navidad para todos los empleados públicos, estableció también la vuelta a la jornada laboral de 37 horas y media para todas las Administraciones Públicas. Desde entonces varias comunidades han vuelto a recuperar las 35 horas y el Estado ha recurrido todas estas decisiones.

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