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El TC admite el recurso de Nadal contra el reembolso a las eléctricas del bono social

El Constitucional solo admite un 1% de las peticiones de amparo Esta decisión no paraliza el fallo del Supremo que obliga a devolver 300 millones al sector

Álvaro Nadal,ministro de Energía.
Álvaro Nadal,ministro de Energía.Efe
Carmen Monforte

Contra todo pronóstico, el Tribunal Constitucional ha admitido a trámite los recurso de amparo que el Ministerio de Energía presentó el pasado 2 de febrero contra la sentencia del Supremo de noviembre de 2016 que invalidaba la obligación de las grandes compañías eléctricas de pagar el bono social de la tarifa eléctrica e imponía que se les restituyera las cantidades que habían pagado en los ejercicios de 2014, 2015 y 2016. Según calculan las afectadas, más de 500 millones de euros.

 Aunque la providencia de admisión de los recursos (595 y 597 de 2017) tiene fecha de 24 de mayo, esta decisión no se conocía públicamente:el Constitucional no da cuenta de ellas, a las eléctricas no les convenía airearla y el ministerio que dirige Álvaro Nadal había guardado silencio “por respeto al tribunal”, según un portavoz.

Los cierto es que este departamento se ha apuntado un tanto ya que el Constitucional apenas admite a trámite un 1% de las peticiones de amparo (67 sobre algo más de 7.000 el año pasado), aunque una mayoría de las que se tramitan resultan luego favorables a los recurrentes.

¿Qué ha pasado para que en esta ocasión el Constitucional haya optado por admitir los recursos cuando en 2013, en un caso similar (es la segunda vez que el Supremo tumba la financiación del bono social), no lo hizo? En sus escritos de febrero, el Gobierno argumentó que el Supremo había interpretado una directiva sobre política energética, para lo que no tiene potestad, ya que su función se limita a la valoración de la legislación nacional.

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En este sentido, consideró que el Alto Tribunal incurrió en una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva por no haber planteado una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea(TJUE). El mismo argumento que sostuvo un magistrado del Supremo a través del voto particular que hizo a la sentencia que favorecía a las eléctricas (Endesa, Iberdrola, Gas Natural, EDP, Viesgo y varios grupos pequeños).

En cualquier caso, recuerdan expertos jurídicos, esta admisión a trámite no supone la suspensión de la sentencia del Supremo (que, además, acaba de aprobar un auto de incidente de ejecución la misma, tal como le habían pedido las afectadas), por lo que el ministerio de Nadal deben aprobar ya una resolución para que el sistema eléctrico indemnice a las empresa. De momento, por lo aportado en los ejercicios de 2015 y 2016. Aunque las empresas sufragaron en estos dos años unos 300 millones, debe ser la CNMC quien haga el cálculo justo, descontando, por ejemplo, lo que las empresas hubieran trasladado de ese coste al precio de la energía vendida en el mercado.

El Ministerio de Energía no pidió medidas cautelares contra la ejecución de la sentencia, si bien, aún podría solicitárselas al Constitucional, a la vista de que le ha admitido a trámite sus recursos. Algo improbable una vez que el Supremo ha dictado el citado auto de ejecución y porque las cautelares solo se otorgan en casos de que el daño sea de imposible restitución. Lo cual no es el caso, ya que el Gobierno ha decidido pagar la indemnización con cargo al superávit eléctrico (mil millones de euros) depositado en dos cuentas corrientes a nombre de la CNMC. Para ello, incluyó una enmienda de la Ley de Presupuestos de 2017.

Un nuevo bono antes de invierno

Esta misma semana podría entrar en vigor un nuevo mecanismo de bono social que, tras el apoyo de los grupos parlamentarios, se incluyó en un real decreto ley que fue convalidado en el Congreso a finales de enero. Una norma que establece también medidas contra la pobreza energética y reglas sobre los cortes de suministro.

El RDL lo desarrolla un real decreto (que la CNMC ya informó antes del verano) y una orden ministerial. El Gobierno ha urgido al regulador que la apruebe ya, pues no quiere que llegue el invierno sin que las medidas a aplicar por las empresas y las comunidades autónomas estén en vigor. El problema es que sin el decreto, que ya tiene el visto bueno del Consejo de Estado, la CNMC no puede aprobar el informe de la orden que lo desarrolla.

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Sobre la firma

Carmen Monforte
Es redactora de Energía de Cinco Días, donde ocupó también los cargos de jefa de Especiales y Empresas. Previamente, trabajó como redactora de temas económicos en la delegación de El Periódico de Cataluña en Madrid, el Grupo Nuevo Lunes y la revista Mercado.

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