Transparencia, profesionalidad y competencia en la actividad bancaria
Tras diseñar una norma que debería estar vigente hace años, hay que vigilar que se cumpla
El Gobierno no ha querido esperar al tiempo de descuento para poner en marcha la transposición de la Directiva sobre Mercados de Instrumentos Financieros, conocida gráficamente como Mifid II, aunque no estará en vigor hasta enero. Los usos indebidos en la comercialización de productos durante los primeros años del siglo por una buena parte de las entidades financieras, especialmente aquellas apremiadas por la falta de capital, y que han terminado en una desconocida judicialización, aconsejan una transposición rigurosa de la norma europea. Se trata de incrementar la transparencia y la profesionalidad en la relación de las entidades con los clientes, así como tasar con precios razonables cada uno de los servicios y fomentar la competencia abierta en el sector, sobre todo en un momento en el que la tecnología ha transformado la operativa y ha sustituido la práctica presencial por la contratación online.
La protección al inversor es el norte de la nueva regulación para superar una etapa en la que ha sido la víctima de las malas prácticas bancarias. Desde enero, tanto el asesoramiento como la comercialización de productos de inversión deben estar profesionalizados, y no estaría de más incluso llevar el espíritu de la norma hasta la creación de grados universitarios de asesoramiento y la comercialización financieros. En adelante, cada entidad debe dejar muy explícita y por escrito a la clientela la naturaleza de cada producto, su riesgo y su coste, tanto por asesorar como por vender y gestionar; y no podrá reservarse una comisión por la venta de fondos de inversión si no ha ofrecido de forma transparente los productos de toda su competencia a los clientes para que elijan después de conocer.
Como siempre en la actividad de la banca, una cosa es la norma y otra su aplicación diaria. El cambio de relación de las nuevas generaciones con la banca, mucho más promiscua, más distante y eminentemente telemática, obliga a extremar el celo para retener a los más solventes y rentables, sin dejar de atender a aquellos que operan de forma ocasional. Pero los reguladores no deben limitarse a poner en marcha la norma: deben vigilar su cumplimiento y sancionar las conductas incorrectas.