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La condena

120 años de cárcel y 220.000 euros de multa por las 'black'

La Audiencia Nacional ve probado que distrajeron fondos de Caja Madrid con las tarjetas

Penas impuestas en el juicio por las tarjetas 'black'
Alejandro Meraviglia
Juande Portillo

La Audiencia Nacional ha condenado por un delito de apropiación indebida a 65 personas que hasta hace pocos años fueron lo más granado del mundo financiero, político, empresarial y sindical del país al considerar que distrajeron fondos de Caja Madrid y Bankia utilizando unas visas ajenas a cualquier tipo de control, las célebres tarjetas black.

La Audiencia Nacional ha dictado una dura sentencia contra los 65 acusados por el uso de las tarjetas black de Caja Madrid y Bankia, declarando a todos culpables de un delito continuado de apropiación indebida, o de ser colaboradores del mismo, e imponiendo las máximas penas de prisión que había solicitado la Fiscalía Anticorrupción a buena parte de ellos, especialmente a quienes fueron los principales responsables de estas entidades entre 2003 y 2012.

El fallo impone seis años de cárcel, y una multa de 7.300 euros al expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa, y cuatro años y medio de prisión, más una multa de unos 6.000 euros, a su sucesor y luego presidente de Bankia, Rodrigo Rato, exvicepresidente económico del Gobierno de José María Aznar y exdirector gerente del Fondo Monetario Internacional (FMI).

Ambos deberán responder solidariamente por los 12 millones gastados por todos los condenados. A quien fue la mano derecha de Blesa, el exdirector general de medios Ildefonso Sánchez Barcoj (que lideró los gastos de las visas, con 575.071 euros, y al que se considera responsable de su gestión diaria), le imponen dos años y medio de cárcel, más una multa de 6.000 euros, como colaborador y cómplice de una trama que según el fallo ayudó a distraer fondos de la caja en beneficio de los titulares de las visas.

Los tres quedan absueltos, eso sí, del delito de administración desleal del que se les acusaba. Los otros 63 acusados son condenados como colaboradores con penas que van de tres meses a los cuatro años de prisión impuestos al exvicepresidente de Caja Madrid y exconsejero por Izquierda Unida, José Antonio Moral Santín (que gastó con la black 456.522 euros, la mayoría retirados en cajeros). El tribunal atenúa las penas a quienes devolvieron lo gastado antes de la apertura del juicio oral, celebrado del pasado 26 de septiembre al 2 de febrero.

Rol de los presidentes

Apenas 20 días de deliberación han bastado al Tribunal de la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal, presidido por la magistrada Ángela Murillo, para dictar sentencia en un juicio paradigmático de los desmanes en la gestión de las cajas de ahorro (aunque, paradójicamente, centrado en una cantidad dineraria baja para los escándalos remitidos por el FROB a la Fiscalía).

El tribunal entiende que las tarjetas, a las que se cargaron 12 millones de euros entre 2003 y 2012, sirvieron para dar “cobertura a la merma del caudal de la entidad por la atención a los intereses lucrativos de sus beneficiarios”, 65 de sus directivos y consejeros. Un grupo de personas que hasta hace apenas unos pocos años formaban parte de las élites políticas, financieras, empresariales y sindicales del país. Todos culpables. La sentencia, un documento de 259 páginas, ponencia de la magistrada Teresa Palacios, les impone en total 119 años y medio de cárcel y unos 220.000 euros de multa. El fallo, no obstante, subraya el papel de los expresidentes.

“Los acusados Miguel Blesa de la Parra y Rodrigo de Rato Figaredo, eran conscientes de la decisión que tomaban al permitir que circularan las tarjetas de empresa en tales condiciones, de nulo respaldo legal y estatutario”, expone la sentencia, que les sitúa a “ambos en el punto de partida de la distracción de fondos de la entidad, fruto de sus respectivas decisiones en la etapa presidencial de cada uno en el consejo de administración de Caja Madrid”.

La era Terceiro

Para analizar el caso, el tribunal se remonta al año 1998, solo por si el ejercicio “favorece a los acusados”, para estudiar la presidencia ejecutiva de Jaime Terceiro durante cuyo mandato al frente de Caja Madrid se acordó dignificar las retribuciones de los consejeros a través de una tarjeta Visa, con un límite, que vendría a complementar las dietas que ya recibían para compensar sus esfuerzos por la entidad. Posteriormente en 1995, con la llegada de nuevos consejeros, el presidente Terceiro –que acudió al juicio en calidad de testigo y dijo que su etapa las tarjetas eran “white”– informó de que esas visas eran exclusivamente para gastos de representación, lo que de nuevo quedó documentado, a diferencia de lo que vino después.

La etapa Blesa

A partir de ahí, la sentencia relata cómo al llegar Blesa a la presidencia, en 1996, recibió dos tarjetas de crédito, una de empresa para gastos de representación, y otra también corporativa que se atribuyó a sí mismo, “al margen de sus retribuciones convenidas contractualmente, para dedicarla a atenciones netamente personales, en detrimento, con el uso que le dio, del caudal de Caja Madrid”. Y él, como presidente, “propició” que a los miembros del consejo de administración y a los integrantes de la comisión de control, se les facilitase una visa de empresa contra la que disponer sin justificación del gasto, “viabilizando así una percepción dineraria que acrecentaba a la dieta” pese a ir contra el patrimonio de Caja Madrid.

El tribunal describe que las tarjetas tenían un límite máximo, con tope mensual, que no coincidían para todos y que podía ser modificado por el presidente. De hecho, algunos procesados solicitaron ampliar su límite coincidiendo “con periodos de fiestas o vacacionales”. A algunos acusados, además, se les entregó el PIN para extraer dinero y hubo quien siguió usando la visa durante meses tras dejar el cargo. La sentencia deja claro que los gastos no aparecían en la nómina, el recibo de haberes o los certificados para la declaración de la renta, “lo que era perceptible por los acusados, a diferencia del importe de las dietas, cuyo montante sí que figuraba en aquel documento, junto a la correspondiente retención”.

El tribunal considera “difícilmente concebible” que este fuera un sistema de remuneración y que así lo pensaran sus beneficiarios, especialmente “los más aventajados por sus profesiones en el área económica y fiscal”. El fallo destaca la relevancia del correo enviado por el exsecretario del consejo Enrique de la Torre a su salida, en el que definía las visas como “black a efectos fiscales” y advertía del riesgo de filtración por el hecho de que material tan “delicado” fuera conocido por las secretarias.

La llegada de Rato

Finalmente, el tribunal se refiere a la presidencia de Rato, quien “mantuvo la misma dinámica en todos los aspectos ya expuestos, atribuyéndose una sin amparo en su paquete retributivo”. Al pasar a presidir Bankia, Rato extendió la práctica a su favor el de Fernández Norniella y Barcoj, con la que habrían compensado los límites retributivos decretados para las entidades que habían recibido apoyos públicos. El fallo subraya que, por contra, el consejero delegado Francisco Verdú rechazó la tarjeta.

Conclusión

“Si la regulación legal y estatutaria no autorizaba a otra percepción dineraria contra el caudal de Caja Madrid que la aprobada por la Asamblea General, cualquier otra distinta que pudiera vehicularse, se le llamase como se le denominase, el plácet por el señor Blesa de la Parra y más tarde por el señor Rato de que se sucedieran las tarjetas de empresa de autos, sin darle otra importancia que la de fijar el limite operativo, lleva a concluir que sus conductas, junto a atentar a los más elementales deberes para con la entidad, por cuyo patrimonio tenían que velar desde su máxima autoridad, crearon una situación de riesgo potencial de distracción de fondos de la caja, que se materializó con la utilización que seguidamente se hizo por cada beneficiario de las tarjetas”, concluye el fallo.

Este dedica 30 páginas a defender la legitimidad de la prueba de cargo, la hoja Excel con el listado detallado de gastos de cada condenado que sus defensas han intentado tumbar durante todo el proceso alegando su falsedad, manipulación o que vulnera la intimidad de sus clientes. Algo que el tribunal desestima con una argumentación pormenorizada pero que previsiblemente no impedirá a los 65 condenados recurrir la sentencia. Rato ya anunció que lo hará.

El fiscal pidió 171 años de cárcel

Dura sentencia en el controvertido caso de las tarjetas black de Caja Madrid, en el que se investigaba el gasto de 12 millones de euros cargado por 65 exdirectivos y exconsejeros de Caja Madrid y Bankia a unas visas opacas al fisco.

El fallo, conocido este jueves, impone un total de 119,5 años y seis meses de prisión al conjunto de los condenados por un delito continuado de apropiación indebida o de colaboración, en función del rango de los procesados.

La Audiencia Naciona impone además una serie de multas por valor de 219.600 euros sumando las diferentes sanciones impuestas a buena parte de los condenados.

La condena resulta algo inferior a los 171 años de prisión y los 3,7 millones de euros que había solicitado imponer el fiscal anticorrupción Alejandro Luzón.

Con todo, el tribunal que preside Ángela Murillo ha impuesto las penas máximas solicitadas por el fiscal a los principales responsables de estas visas opacas, el expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa, al que condena a seis años de cárcel y a su sucesor en el cargo y posterior responsable de Bankia, Rodrigo Rato, que afronta cuatro años a la sombra.

A Blesa se le impone además una multa diaria de 20 euros durante un año y a Rato otra de 20 euros diarios durante 10 meses, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día por cada dos cuotas impagadas.

En la tabla adjunta puede consultarse el cargo de cada condenado, el gasto que realizó con su visa opaca, cuál era la peticón de condena del fiscal y la condena que finalmente se le ha impuesto.

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