El control sobre los directivos del sector público hace aguas
La Oficina de Conflictos de Intereses se limita a registrar las actividades y bienes declaradas por los sin comprobar su veracidad. Altos cargos del ICO y de RED.ES cesaron el día antes de que se abaratara su despido.
El pleno del Tribunal de Cuentas ha aprobado el Informe de Fiscalización del cumplimiento de la normativa en materia de indemnizaciones recibidas por cese de altos cargos y del régimen retributivo de altos directivos de determinadas entidades del sector público estatal, ejercicios 2012-2014.
Esta fiscalización se extendió a la actividad de la Oficina de Conflictos de Intereses (OCI) para comprobar las actuaciones que esta entidad realizó en materia de seguimiento y control sobre la percepción de las prestaciones indemnizatorias –cuando dejan el cargo– y el cumplimiento del régimen de incompatibiliades de los altos cargos.
Y los resultados ponen de manifiesto una evidente falta de control efectivo sobre estas cuestiones. Así, el Tribunal de Cuentas denuncia que en el control para el pago de prestaciones indemnizatorias “la OCI se limitó a gestionar los registros de bienes y actividades de los altos cargos de las entidades fiscalizadas, pero no desarrollo las facultades que le atribuye la ley para verificar e investigar los datos declarados por ellos”. Asimismo, el informe reprocha también que “no existen criterios para determinar en qué modo la OCIpuede obtener la colaboración de la Agencia Tributaria o de la Seguridad Social para verificar los datos facilitados por los altos cargos” a pesar de que es una facultad que le otorga expresamente la ley, precisa el Tribunal.
Por ello, entre 2013 y 2014 la OCI solo solicitó aclaraciones sobre los datos declarados o noticias aparecidas en prensa, y no sobre ningún bien o actividad no declarada por los altos cargos.
Igualmente, el Tribunal de Cuentas detectó fallos en el control de las incompatibilidades de estos directivos. En concreto, asegura que la OCI solo valoró la existencia de conflictos de intereses cuando el alto cargo cesado empezaba a trabajar en una empresa privada, que hubiera tenido relación con la entidad pública para la que trabajó.
Sin embargo, el informe critica que la OCI no valoró la posible existencia de estas incompatibilidades, si el directivo volvía a otro puesto de función pública, se incorporaba a algún organismo internacional o montaba una empresa privada.
Sin conflictos de intereses
En esta misma línea, pone de manifiesto que no se tramitó ninguna denuncia, “ni se inició, instruyó o resolvió, ningún expedientes sancionador” sobre presuntos incumplimientos de la Ley de Conflictos de Intereses.
En materia retributiva, la ley regula desde 2012 el contenido de los contratos de alta dirección en el sector público. Y, según el Tribunal de Cuentas, en términos generales se cumplió la normativa, salvo algunas “incidencias”.
Entre estas, el Tribunal de Cuentas detectó que el día anterior a la publicación del Real Decreto, que redujo sensiblemente las indemnizaciones a los directivos en caso de extinción por desistimiento del empresario, “cesaron algunos directivos del Instituto de Crédito Oficial (ICO) y de RED.ES, “lo que llevó a que percibieran indemnizaciones muy superiores a las que les hubieran correspondido con la nueva ley”.
Asimismo, algunos directivos del Instituto Cervantes “habrían percibido retribuciones superiores a las máximas permitidas”.
Y otros altos cargos de entidades como la CNMV, el ICEX, la UNED, la CMT o la CNMC habrían recibido complementos de “antigüedad” y “gratificaciones por servicios extraordinarios”, que son dos conceptos que ya no incluye la ley que regula sus contratos.