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Energía

La UE declara ayuda de Estado los recargos de la tarifa para renovables

El Tribunal europeo falla sobre el régimen aplicado en Alemania, similar al español. La decisión afectará a todos loa países de la UE.

Parque eólico marino.
Parque eólico marino.

El Tribunal General de la UE sentenció ayer que el recargo en la tarifa eléctrica para financiar las energías renovables constituye una ayuda de Estado, aunque no salga del bolsillo del contribuyente. El veredicto rechaza un recurso de Alemania que pretendía excluir ese recargo del control de la Comisión Europea aduciendo que no se financia con recursos públicos.

 La sentencia supone una dura derrota para el Gobierno alemán, que en 2012 diseñó un modelo de transición de la energía nuclear a las renovables financiado en gran parte con un recargo sobre el consumo de electricidad. Pero el veredicto puede tener repercusiones en el resto de países y en otros sectores, porque el Tribunal refrenda la potestad de Bruselas para investigar un régimen de ayudas aunque los fondos para financiarlo no procedan del erario público.

En el caso alemán, el anterior comisario de Competencia, Joaquín Almunia, investigó el régimen de estímulo a las renovables. Bruselas concluyó que se trataba de una ayuda de Estado, a pesar de que se financiaba con cargo a los clientes, y autorizó en gran parte el sistema. Pero Berlín impugnó el dictamen porque la clasificación como ayuda de Estado implica que el régimen cae bajo la vigilancia y control de la Dirección General de Competencia de la CE.

Los magistrados deTribunal General de la UE (equivalente a la primera instancia) rebaten uno tras otro los argumentos del gobierno alemán. Y concluyen que el recargo en la factura para financiar a las renovables supone una ayuda de Estado a pesar de que los recursos proceden directamente del consumidor.

El fallo del Tribunal afectará a todos los países de la UE

Asimismo, la sentencia califica como ayuda de Estado el límite al recargo que Berlín introdujo para proteger a sus empresas industriales con consumo intensivo de energía.

El fallo, sobre el que aún cabe recurso de casación ante la última instancia de la Corte europea, tendrá un efecto sobre España. No tanto en lo que se refiere a la discriminación de los usuarios domésticos respecto a los grandes consumidores (en España, a diferencia de Alemania, el recargo lo pagan todos), como en la consideración de que dichos incentivos son una ayuda de Estado que es preciso notificar a la Comisión Europea y recibir su autorización. Esa notificación permite a Bruselas analizar si las ayudas son compatibles con el libre mercado, esto es que no sean excesivas y permitan competir al resto de tecnologías, y prohibirlas o limitarlas si no es así.

Alemania invocó en su defensa un sistema aplicado en los años 90, que obligaba a los distribuidores de electricidad a comprar la producción de renovables a un precio superior al del mercado. En aquel caso, el Tribunal europeo estimó (en la sentencia PreussenElektra) que no se trataba de una ayuda de Estado porque la obligación de compra no incluía una repercusión obligatoria del sobrecoste a los consumidores finales.

En el régimen actual, en cambio, Berlín no sólo garantiza a los productoras de renovables un precio por encima del de mercado, sino que obliga a los distribuidores a cubrir ese sobrecoste mediante un recargo obligatorio que llega a ser entre el 20% y el 25% de la factura del consumidor final.

La ley alemana establece que el recargo debe ingresarse a nombre de los gestores de las redes (el equivalente a Red Eléctrica), que han de mantenerlos en una contabilidad separada y reservarlos exclusivamente para la financiación del régimen de apoyo y compensación de las renovables.

La sentencia concluye que todo ese mecanismo muestra que la gestión, recaudación y asignación del recargo es consecuencia de una regulación pública. Y que los fondos generados deben computar como una ayuda de Estado, sujeta, por tanto, al control de Bruselas.

La CE endureció en 2013 el control de las primas a renovables, que hasta entonces nadie había puesto en cuestión. Las quejas de las grandes eléctricas eléctricas tradicionales (en el caso español, de Gas Natural Fenosa) obligaron a Bruselas a estrechar la vigilancia. A partir del 1 de julio de 2014 las directrices aprobadas por Almunia, obligaron a los Estados a comunicar como ayuda de Estado los incentivos a sus renovables. Alemania intentaba librarse de la incómoda mirada de Bruselas, pero no lo ha logrado.

España notificó el año pasado sus incentivos

Hace algo más de un año, el Gobierno español notificó en Bruselas como una ayuda de Estado el sistema de incentivos a las renovables aprobado en el marco de la reforma eléctrica que ponía fin al antiguo sistema de primas. No conforme con ello, también notificó dicho régimen de primas que aplicó el Gobierno socialista entre 2007 y 2010, lo que le sirvió para solicitar al Tribunal Supremo que congelase los recursos contra la nueva retribución, que ha supuesto un fuerte recorte del incentivo, en tanto se pronunciase la Comisión Europea.

El Ejecutivo de Mariano Rajoy parecía abrigar el deseo de que se decretaran ilegales las ayudas que él mismo había aprobado, aunque mermadas. Lo cierto es que en 2013 se produjo una inflexión en la UE, que ha pasado a considerar estos incentivos como una ayuda de Estado que ha de recibir su autorización.

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