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La normativa afectará más a unas entidades que a otras

Linde da un giro radical a la norma para el cálculo de provisiones

Reloj en la fachada de la sede del Banco de España, en la Plaza de Cibeles en Madrid. EFE/Archivo
Reloj en la fachada de la sede del Banco de España, en la Plaza de Cibeles en Madrid. EFE/ArchivoEFE

El Banco de España puso el viernes a consulta pública, y hasta el próximo 19 de febrero ,la nueva circular en la que se modifica la metodología del sistema de cálculo de las provisiones de la banca, y se adapta a las normas internacionales de Información Financiera adoptadas por los reglamentos de la Unión Europea.

Fuentes financieras aseguran que la nueva norma tendrá un efecto negativo en algunas entidades, aunque en general, el impacto será muy similar a los cálculos actuales realizados por los bancos, ya que lo que se modifica es la metodología, por lo que no necesitarán más provisiones. De cualquier forma, fuentes cercanas al Banco de España aseguran que aún no se puede determinr un efecto concreto. Con esta circular el supervisor nacional se adelanta a las nuevas normas de contabilidad de la Comisión Europea previstas para 2018. Aunque la circular ya habla de la futura modificación de las normas de la Unión Europea que adaptará los criterios de cobertura al modelo de pérdida esperada que entrará en vigor en 2018.

Con el nuevo sistema , que entrará en vigor dentro de dos años, los bancos ya no tendrán que esperar a que la pérdida de un activo se haya materializado para constituir las provisiones, ya que deben hacer la cobertura con antelación. Pese a ello, fuentes cercanas al supervisor adelantan que con esta circular no se pretende anticipar el cambio de cálculo de las provisiones de pérda incurrida a pérdida esperada, que está previsto para dentro de dos años en la normativa IFRS 9. La Unión Europea, de hecho, no ha terminado aún de redactar dicha norma.

Lo que hace ahora el Banco de España con esta circular es introducir un periodo transitorio de dos años.

Los nuevos criterios introducidos en la circular dada el viernes a conocer prevén reforzar la gestión del riesgo de crédito, la correcta clasificación de las operaciones, la solidez de las estimaciones de provisiones, y el adecuado tratamiento de las garantías reales a efectos contables, según reza en la introducción de la circular.

Entre las modificación que incluye la norma, destaca el desarrollo de los requisitos mínimos que deben cumplir las metodologías que desarrollen las propias entidades para estimar sus provisiones de forma interna. También, la norma, dentro de la clasificación de las operaciones en función del riesgo de crédito por insolvencia, establece la desaparición de la categoría de subestándar (con riesgo de entrar en mora, o morosos). En su lugar, se incluye una nueva subcategoría de riesgos, “en vigilancia especial”, que incluye las operaciones que presentan debilidades en su solvencia, pero sin plantear dudas sobre su reembolso total, entre otras, las operaciones reestructuradas o refinanciadas e identificadas como “en período de prueba”.

Tras la entrada en vigor de esta circular se abre la posibilidad (ya presente en la circular 2004, pero no activada hasta ahora) de que las entidades utilicen sus propios cálculos internos para fijar las provisiones, aunque esta metodología se implantará de forma gradual. Se prevé que el cambio de política contable se realice con carácter retroactivo, lo que significa llevarlo contra reservas en el primer ejercicio de su entrada en vigor.

De esta forma, las entidades deberán aplicar los nuevos criterios contables de forma retroactiva e informarán de su impacto en las cuentas anuales individuales y consolidadas de 2016. Las grandes operaciones crediticias dudosas serán objeto de un análisis ad hoc, con un calendario específico de provisiones para cada uno. Para determinar que créditos serían considerados significativos y por lo tanto estarían sujeros en caso de morosidad a este análisis ad hoc cada entidad debe fijar un umbral en su política de contabilización.

La circular da un umbral de referencia, operaciones de más de 3 millones de euros o que supongan un 5% de los recursos propios de la entidad. Con esta circular el Banco de España se acerca a la norma internacional actualmente en vigor IAS 39.

Un informe de los analistas de Bankinter asegura que el nuevo criterio de provisiones “pondrá aún más de manifiesto las diferencias existentes en el mix de las diferentes carteras de crédito así como la calidad de las mismas. Entendemos también que las entidades que históricamente han obtenido ratios de morosidad más bajos que la media sectorial no deberían verse perjudicadas por este cambio de criterio contable ya que probabilidad de default de dichas entidades ha demostrado ser consistentemente más baja”.

Bankinter así estima que las entidades con mayores tasas de morosidad como Popular (superior al 13,0%), Bankia (en el 11,4%) y Liberbank (en el 10,4%) se verán negativamente afectadas. Para mitigar el esfuerzo en provisiones, las entidades implementarán nuevos planes de venta de activos improductivos, especialmente inmobiliarios.

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