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La cuota por los depósitos será específica, frente al 0,2% anual que abona ahora todo el sector

Bruselas penaliza con un recargo a la banca con peor “perfil de riesgo”

Sede del Banco de España en Madrid
Sede del Banco de España en MadridPablo Monge

La avalancha regulatoria que viene de Bruselas ha tenido ya impacto en las cuentas de resultados de los bancos. Y la unión bancaria no ha hecho más que arrancar. Un tema que está a punto de cambiar radicalmente y que preocupa al sector es el porcentaje que deberán aportar para asegurar los depósitos. Ahora, el Santander y una caja con un tamaño muy reducido, por ejemplo Caixa Pollença, pagan lo mismo al año por su depósitos de particulares: el 0,2% del total.

En el futuro inmediato el porcentaje que deberá abonar cada banco será único e intransferible y el Banco de España decidirá la fórmula para calcularlo. Ha de elaborarla antes del próximo 31 de mayo y se guiará por tres puntos esenciales: por el colchón de solvencia adicional sobre el mínimo que tenga la entidad, por las directrices que elabore la Autoridad Bancaria Europea (ABE) y por el ciclo económico. Eso sí, el encargado de recaudar la aportación será la Comisión Gestora del fondo de garantía.

El objetivo es que el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) cuente en 2024 con un patrimonio equivalente al 0,8% de los depósitos que blinda. Actualmente la ley fija como el umbral a partir del cual las aportaciones dejarían de ser necesarias en el 1%. Hasta que el organismo dirigido por Luis María Linde desarrolle la metodología, la aportación seguirá en el 0,2% anual. Fuentes del sector consideran que habrá entidades que saldrán beneficiadas y otras perjudicadas respecto al actual régimen de ‘café para todos’. La repercusión en las cuentas de resultados también puede ser significativa, en función de su nivel de capital, rentabilidad, liquidez...

La aportación al FGD se complementará con otra al fondo europeo de resolución, que establece para España unos 5.300 millones en 2024. Este fondo se nutrirá también de sus correspondientes aportaciones anuales, con el objetivo de que en nueve años su importe represente el 1% de los depósitos garantizados. La diferencia es que las aportaciones se calcularán en función de los pasivos de la entidad, una vez descontados los recursos propios y el importe asegurado por el FGD.

Europa exigirá un extra a los gigantes

La aportación anual que las entidades financieras deberán abonar al fondo de rescate europeo y que en España fijará el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) tendrá muy en cuenta el tamaño de la entidad financiera en cuestión.

“La importancia de la entidad para la estabilidad del sistema financiero o la economía de uno o varios estados miembros de la Unión Europea [...]”, será uno de los criterios para fijar la cuota, señala el borrador que desarrolla la norma sobre resolución de entidades financieras. Fuentes conocedoras de cómo se ha diseñado la normativa explican que la contribución al fondo de rescate europeo de las entidades sistémicas será superior al de las de tamaño pequeño o mediano.

Los dos grandes bancos españoles, Santander y BBVA, están incluidos en la lista de los bancos sistémicos a nivel global elaborada por el Consejo de Estabilidad Financiera (FSB), formado por los reguladores de los países del G20. También aparecen, entre los europeos, HSBC, Barclays, BNP Paribas, Deutsche Bank, Crédit Agricole, Nordea, Société Générale, ING y Unicredit.

La Autoridad Bancaria Europea (ABE), además de a los dos bancos españoles mencionados, incluye a La Caixa como una entidad clave. El objetivo es que el fondo de resolución europeo cuente con un patrimonio de 55.000 millones de euros en 2024, provenientes de las aportaciones de todas las entidades europeas.

La normativa, que aún no ha entrado en vigor, determina que habrá una parte fija y otra variable. Esta última se ajustará al “perfil de riesgo de cada entidad”. Lo sorprendente es que este perfil de riesgo será muy diferente, previsiblemente, para determinar las aportaciones al FGD y las del fondo de resolución europeo.

Las entidades con más actividad en banca minorista con un importe mayoritario de depósitos garantizados por el FGD, deberán aportar previsiblemente más porcentaje al fondo destinado a asegurar los depósitos que al fondo de resolución europeo. Y viceversa. El modelo de negocio será clave a la hora de determinar cada aportación. Será el Fondo de Resolución Ordenada Bancaria (FROB)el encargado de determinar la contribución anual. Para fijar la cuota tendrá en cuenta la fase del ciclo económico y el impacto de las contribuciones en los resultados y en el balance de cada entidad. También evaluará la complejidad de la estructura de la entidad y el hecho de que haya recibido o no ayudas públicas en el pasado.

El fondo de rescate europeo forma parte de la nueva estructura de rescates europeos para la banca, pero no está concebido para garantizar los depósitos de hasta 100.000 euros; para eso están los fondos de garantía de depósitos nacionales. La misión del nuevo instrumento europeo es “asegurar que los costes de posibles crisis bancarias en el futuro no sean asumidos por el contribuyente”, señala un documento de Economía.

Los primeros en asumir las pérdidas serán los accionistas y los acreedores, hasta alcanzar el 8% del total de pasivos de la entidad. Entre los poderes del fondo están, por ejemplo, el de crear un banco puente, una entidad a la que la firma en resolución traspasa sus negocios, o el de garantizar una serie de activos.

Los depósitos que excedan de los 100.000 euros, en el peor de los casos, también tendrían que colaborar en el rescate, aunque estos serán los últimos que puedan verse afectados. Europa otorga una preferencia adicional a las cuentas de más de esa cantidad de personas físicas o de pymes

El borrador del real decreto que desarrolla la norma aprobada el pasado junio sobre resolución de entidades financieras incluye la novedad de reducir la base sobre la que se computarán las aportaciones al Fondo de Garantía de Depósitos (FGD). Cuando entre en vigor, la entidad pagará el porcentaje requerido sobre un máximo de 100.000 euros por cliente;es decir, con la aportación actual, del 0,2% anual, el límite queda reducido a 200 euros anuales, como publicó CincoDías el pasado 7 de octubre.

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