Cuándo y cómo variar mi cuota para tener la mejor jubilación
Las diferencias en las pensiones finales pueden llegar a ser más del doble en función de la base cotizada del trabajador
Uno de los principales escollos para el colectivo de los autónomos es el pago de las cuotas a la Seguridad Social, especialmente cuando inician su actividad de manera autónoma. Ello se debe a los costes que suponen las cuotas que, una vez finalizan los periodos de deducciones, suponen una inversión mensual de más de 250 euros de media por trabajador, siendo esta solo la cuota de cotización mínima de estos profesionales.
En el caso de acceder a la cotización máxima, los autónomos han de pagar una cuota que asciende, según los casos, a una media del doble de la cifra antes mencionada, motivo por el que estos deciden retrasar al máximo tomar la decisión de ampliar su base de cotización para mejorar sus respectivas pensiones al finalizar su vida laboral.
En este sentido, y según publica María Reyes Pérez Domingo, de Fidias Actuarios, se han de tener en cuenta varios criterios antes de decidir cambiar un tipo de cotización por otra, así como el tiempo en el que este cambio se ha de prolongar. Así, los autónomos han de tener presente esta modificación en los balances de sus vidas laborales en base a tres indicadores: los años cotizados, la evolución de los ingresos del cotizante y la evolución del Indice de Precios al Consumidor (IPC).
Con estos parámetros el autónomo entiende que las bases de cotización son el principal marcador que se ha de tener en cuenta para analizar la futura pensión a la que optarán en función de cuál haya sido la suya. Un indicador muy importante pues la variación entre una cotización mínima y una máxima puede registrar diferencias de rentabilidad multiplicadas hasta por 2,54.
Diferencias en la cotización
Ello se debe a que un autónomo que cotice la base mínima durante el cómputo de años que analiza la Seguridad Social, a día de hoy, obtendría una pensión anual de 12.400 euros mientras que si este comienza a cotizar a los 50 años, 15 antes de jubilarse, a la cotización máxima, este indicador será de algo más de 32.000 euros.
Por el contrario, si el autónomo cuenta con 57 años y a partir de ese momento cambia su régimen de cotización, del mínimo al máximo, al final de su vida laboral recibiría una pensión anual de 21.300 euros, a mitad de camino entre las dos situaciones anteriores. Es por ello que desde esta organización animan a los autónomos a cambiar su base de cotización por la máxima lo antes posible.