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Tribuna
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La jerga tributaria

El éxito de la tragicomedia y del humor negro se basa en que entre lo triste y hostil, lo amable divierte. En un país sobrecargado de impuestos, en el que el ciudadano medio no se libera de trabajar para las Administraciones hasta bien entrado el mes de julio, la sonrisa debería brotar tan solo con observar las curiosidades y extravagancias que nos ofrece, empezando por la jerga fiscal.

¿Por qué no hacerlo si no podemos negarnos a tributar?, ¿no jugamos a la lotería y a las quinielas contentos, aunque sabemos que Hacienda ya ha cobrado los impuestos por adelantado y después vuelve a exigirlos? Y ¿no saltamos de alegría cuando la Agencia Tributaria nos devuelve dinero al hacer la declaración de IRPF, en vez de despotricar porque el adelanto que le hicimos era excesivo? Sonriamos pues, quizás Hacienda no sea tan voraz y, como decía Chumy Chúmez, la culpa sea nuestra, que somos unos manirrotos, porque nos lo gastamos todo en impuestos.

En el ámbito de la fiscalidad, el divertimento está garantizado ante el uso inapropiado o eufemístico de términos. No lo digo por la palabra impuesto, que es muy apropiada, y no se comprende por qué el legislador la ha cambiado mil y una veces de nombre, llamándolos también gravámenes, arbitrios, cargas, aranceles, cánones, gabelas, derechos, tercios, cédulas, licencias, cuotas, recargos, pecherías… Y si incluyéramos los nombres específicos que se ha impuesto a cada diferente impuesto a lo largo de la historia, la retahíla sería interminable; nos faltaría espacio para incluirlos a todos; diezmaríamos las reservas forestales. Pues bien, pese a tanta innovación, luego se termina llamando IBI al impuesto sobre bienes inmuebles, sin contar con la autorización del pueblo juguetero, en el que los vecinos ya no saben si su gentilicio es el de ibenses o el de contribuyentes.

Se dice que los impuestos nacen de la relación tributaria. ¿Relación? Cuando uno oye la palabra relación, en la mente recibe una imagen grata, con esencia amorosa, amistosa, afectiva, incluso comercial. Pero, ¿relación tributaria?..., si se paga sin comprar nada, si hay una pléyade de cobradores, si nos pasamos la vida pagando y ni siquiera tienen un detalle, ni nos hacen regalos. Ni siquiera nos felicitan en nuestra onomástica ni nos invitan a cenar. Es verdad que nos citan, sí, pero es para pedir que declaremos, que entreguemos documentos, papeles, dinero.

Lo de llamar prestación pecuniaria a lo que es un pago en dinero causa risa, ¿creen que así pensaremos que el dinero lo dejamos prestado? Y ¿por qué llaman sujetos a los protagonistas, si no son personas despreciables, ni gente de poca monta (DRAE), sino contribuyentes, obligados, etc.?, ¿será porque están atados, sin poder escapar de la exacción fiscal? El término se agrava cuando se llama sujeto pasivo al que es más activo, al que ha de encontrar la norma, estudiarla, entenderla, aplicarla y pagar, mientras que llaman sujeto activo al que se limita a poner la mano y recibir, ¡bonita actividad!

Lo de la unidad familiar en el IRPF causa risa. ¡Pero si hay muchas familias que se llevan a matar, que no se tragan, que ni siquiera se hablan¡ Vaya invento lo de calificarlos como unidad familiar. Y, como te descuides, por dicha modalidad sale más a pagar. Eso sí, deducen por los suegros, por los hijos, por tener familia numerosa, por llegar a sexagenario. Llega un momento, al liquidar, en el que hasta la alegría brota en los más solitarios, en quienes más despotrican por los vínculos familiares.

Hacienda es capaz de llamar a una cosa por su contraria. Por ejemplo, llamar plusvalía y gravar a lo que puede ser una minusvalía o pérdida considerable. Para ello le basta con no aplicar los correctores del IPC, los coeficientes de abatimiento, o como en el impuesto municipal sobre plusvalías del suelo, arbitrar un método perverso, donde la transmisión siempre dé beneficio, aunque se regale el inmueble, lo expropien o desahucien. De modo que puedes perder hasta la camisa y tener que tributar por una plusvalía administrativa.

Uno de los verbos más empleados en la jerga fiscal es el de liquidar, y sus derivaciones: liquidable, liquidación; y cuando es el propio contribuyente el que la hace, autoliquidación. Suena a que nos hacemos el haraquiri los contribuyentes. Es puro masoquismo. Peor sería no hacerlo y no pagar, porque se iniciaría el procedimiento ejecutivo o de ejecución. Así que lo mejor es pagar en el periodo voluntario. Ven, ¿cómo no sonreír?, ¿voluntariedad en el pago? El legislador vive en otro mundo. Como cuando llaman impuestos voluntarios municipales al de “construcciones, instalaciones y obras” y al de “incremento de valor…”. La voluntariedad es para los ayuntamientos. ¡Prueben a no pagarlos y verán en qué queda lo volitivo¡.

Sin embargo, está bien lo del periodo de apremio, porque hay que apremiarse, ser muy diligente en el pago; si no, te aplican recargos y el tipo de interés ¿ilegal? por la demora, ya que el que llaman interés legal, ese es menor, pero solo para cuando es Hacienda la que paga. Ven cómo lo de relación ofrece muchas dudas. No me digan que los nombres fiscales no engañan. Debería servir esta pequeña muestra de tan extraña jerga para que, cuando se empleen en hacer la reforma, les den merecida sepultura.

Francisco Poveda Blanco es catedrático de Economía Aplicada. Autor de La otra cara de los impuestos. Una visión divertida.

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