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Deberán reasignarlas para reforzar sus balances: Linde se asegurará de que no las usen para elevar beneficios

Los bancos no podrán destinar a dividendos las provisiones sobre el ladrillo que les han sobrado

El gobernador del Banco de España, Luis María Linde.
El gobernador del Banco de España, Luis María Linde.EFE

El Gobierno decidió en febrero del año pasado que los bancos debían provisionar el ladrillo sano por un 7% de su importe total a través de la primera reforma financiera pergeñada por el Ministerio de Economía (la conocida como Guindos I). Meses después consideró que se había quedado cortó y elevó el porcentaje hasta el 30% de media en la vuelta de tuerca a la primera norma, en la denominada Guindos II.

Eso sí, esas provisiones –que según los cálculos realizados por aquel entonces se situaría en torno a los 38.000 millones de euros, 10.000 de la primera norma y 28.000 de la segunda– serían temporales: hasta finales del presente ejercicio.

Ahora, el Banco de España somete a consulta una circular en la que explica que el saldo de esa provisión genérica sobre el ladrillo que las entidades financieras no hayan utilizado para la constitución de coberturas específicas –por reclasificaciones posteriores debido a que esos activos finalmente se han revelado insanos en alguna medida– no podrá apuntarse como beneficios. Es decir, no podrán elevar su resultado neto y por lo tanto no podrán destinar ese importe a remunerar a sus accionistas a través de dividendos.

El supervisor que dirige Luis María Linde obligará –según el borrador de la circular, que se aprobará antes de febrero del próximo año– a las entidades a que le presenten un informe con los importes de esa cobertura y el dinero que les ha sobrado. Deben enviarlo antes de formular las de cuentas para el ejercicio 2013 y en todo caso antes del 28 de febrero de 2014. 

A partir de ahí, deberán reasignar el remanente a activos dudosos, adjudicados, a participación en el capital de inmobiliarias y a activos intangibles. 

"El Banco de España comunicará a las entidades los criterios para la adecuada aplicación de la circular, asegurando que la reasignación de los saldos remanentes de las provisiones genéricas no lleve a incrementar los beneficios distribuibles de las entidades. El Banco de España asegura así el mantenimiento por las entidades de la política de reforzamiento de sus balances", sentencia el supervisor en una nota de prensa.

Activos fiscales

El movimiento del regulador bancario se conoce justo en el día en que el Gobierno aprobará en Consejo de Ministros  la reforma que permitirá a la banca contabilizar como capital buena parte de los activos fiscales diferidos (DTA, según sus siglas en inglés).

Es una medida muy trascendente para el sector porque, de no haberse tomado, la banca española habría quedado en desventaja cuando entre en vigor la normativa para el sector de Basilea III, en enero de 2014. La nueva regulación prohíbe computar como capital los DTA, y daba un plazo de 10 años para su desaparición progresiva, aunque permite excepciones nacionales.

El sector ha presionado durante meses para conseguir que los activos fiscales diferidos, que son gastos que han tenido un impacto en los bancos y que no se han podido deducir (por provisiones o aportaciones a los planes de pensiones de sus empleados, por ejemplo), sigan computando como capital de primera categoría. Así, el sector acumula en concepto de créditos fiscales unos 50.000 millones, de los que la banca lograría conservar hasta 30.000 millones.

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