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Obligará a las entidades a anular el bonus en caso de pérdidas

Linde quiere limitar las pensiones de la banca y ligarlas a resultados

Limitará las indemnizaciones a un máximo de dos años de salario Quiere que las pensiones e indemnizaciones tengan un periodo de cobro diferido

Fachada de la sede del Banco de España en Madrid.
Fachada de la sede del Banco de España en Madrid.Pablo Monge

El Banco de España quiere poner coto a las elevadas retribuciones en el sector financiero, máxime después de los últimos escándalos que han saltado durante la actual crisis sobre el cobro de millonarias indemnizaciones y pensiones en entidades que luego han tenido que recibir cuantiosas ayudas públicas.

Las limitaciones se habían centrado en las nacionalizadas, con topes en los sueldos de los altos directivos (de 300.000 euros en las controladas por el FROB y de 600.000 euros en las que hubieran recibido dinero público), en las indemnizaciones (hasta un máximo de dos años de salario fijo) y en la reducción o eliminación de los bonus, pero ahora el organismo que dirige Luis María Linde ha decidido ampliar las restricciones a todo el sector.

En una guía, que se encuentra en periodo de consulta hasta el próximo 17 de junio, el supervisor recomienda a las entidades que modifiquen el actual sistema de pensiones con la vinculación de parte de estos pagos a objetivos de resultados y no mediante aportaciones fijas como hasta ahora. “... al menos para los miembros de la alta dirección... una parte de los beneficios por pensiones deberían girar sobre componentes variables”, señala, y añade que estos pagos se anulen si la entidad entra en números rojos.

El supervisor, además, establece que el 50% de esta remuneración, considerada como variable, se lleve a cabo en acciones o instrumentos equivalentes, entre los que menciona fondos de efectivo depositados en la entidad, y que “estén sujetos a un periodo de retención de cinco años”. Con esta medida se evitarían, por tanto, casos recientes como el de Novagalicia o Caixa Penedés –ambos investigados en estos momentos por los tribunales– en los que algunos exdirectivos recibieron millonarias indemnizaciones y pensiones y, poco después de su salida, se detectaron irregularidades durante su gestión.

De hecho, en la citada circular, el Banco de España incluye como uno de los supuestos sujetos a estas limitaciones “los relacionados con los cambios sustanciales en las condiciones de las jubilaciones, lo que incluye los cambios derivados de procesos de fusión o combinación de negocios”. El motivo es que, precisamente, ha sido durante estos procesos donde algunos exdirectivos aprovecharon para incrementar sus indemnizaciones o pensiones.

El supervisor también establece nuevos topes a los bonus al obligar al sector –en este caso no se trata de una recomendación sino de un requerimiento, es decir, de obligado cumplimiento– a incluir “condiciones que permitan la minoración o incluso la anulación de la remuneración variable en función de un deficiente desempeño financiero de la entidad en su conjunto o de una división o área concreta de la misma o de las exposiciones generadas por esa persona”. Es decir, en los casos de que la entidad registre pérdidas o no cumpla determinados ratios financieros de capital, liquidez, calidad de los activos o rentabilidad, además de si se producen “elementos de conducta o errores graves de la persona en cuestión”.

El Banco de España advierte que las políticas de remuneración bancaria están siendo analizadas actualmente por diferentes organismos internacionales, por lo que no descarta más cambios.

La indemnización máxima será dos años de salario

El organismo que dirige Luis María Linde también pone límites a las indemnizaciones del sector financiero, con un máximo de dos años del salario fijo. Además recomienda que estos pagos se sometan, de manera individualizada, a la votación de las juntas de accionistas “como punto separado” del orden del día. En este tipo de remuneración, el Banco de España insta a que se incorporen “cláusulas que instrumenten el abono de dichos pagos en función de los resultados obtenidos en el transcurso del tiempo, estableciéndose de forma que no recompensen los malos resultados”. Las indemnizaciones pactadas, por tanto, se anularán en caso de pérdidas, la recepción de ayudas públicas o la existencia de acuerdos de sustitución de administradores por decisiones administrativas.

 

El supervisor, por otra parte, quiere evitar que se repitan algunos de los abusos cometidos durante la actual crisis. Con el objetivo de prever que afloren “circunstancias negativas” con posterioridad al cese, pide que se fije “un periodo de diferimiento no inferior a tres años” en el cobro de las indemnizaciones, al menos en aquellas que excedan los importes mínimos legales establecidos en la normativa. Así, explica en la citada guía, “los pagos podrán realizarse de una sola vez al final del periodo o en varios pagos prorrateados a lo largo de este periodo, siempre que los pagos parciales no superen a los que resultarían de un prorrateo lineal”.

Los puntos claves de la norma

Objetivos

La finalidad de esta nueva normativa es “la adopción de políticas y prácticas de remuneración que sean compatibles con una gestión adecuada y eficaz del riesgo”, indica el Banco de España en la guía enviada al sector financiero.

Consultores

El supervisor estima conveniente que el comité de retribuciones de las entidad financieras contrate los servicios de consultores externos, ajenos a la gestión de la entidad. Además explica que las decisiones tomadas por este comité deben “quedar suficientemente documentadas, de modo que queden reflejadas de manera explícita las evaluaciones sobre el impacto económico que tienen para la entidad, y de modo especial, los compromisos a futuro que comporten”.

Participadas

El Banco de España incide en que se incluyan en las restricciones las retribuciones que provengan de las sociedades participadas, por ejemplo las percibidas a título individual por la pertenencia a consejos o la prestación de servicios en representación de los intereses del grupo.

Afectados

Los afectados por la citada norma serán los consejeros, directores generales, directores generales adjuntos y todos aquellos que tengan un contrato de alta dirección. En el caso de los consejeros no ejecutivos podrán ser excluidos de estas exigencias si solo perciben un importe fijo.

nacionalizadas

El organismo que dirige Luis María Linde recuerda que la política de remuneración de las entidades financieras que han recibido ayudas debe ser autorizada por el supervisor.

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