El G-20 aborda la tributación de la era digital
El G-20, reunido en Moscú este fin de semana, analizó un estudio hecho público por la OCDE hace unos días sobre la erosión de bases imponibles y la deslocalización de los beneficios empresariales.
En dicho trabajo, la OCDE reflexiona sobre el decreciente peso del impuesto sobre sociedades en relación con el total de la recaudación y lo atribuye a la globalización y a las prácticas seguidas por las compañías multinacionales que, si bien son legales, van en detrimento de la recaudación fiscal.
Fenómenos como el crecimiento del comercio exterior, la eliminación de barreras aduaneras, la libertad de movimiento de capitales y de personas, así como la homologación de sistemas de gestión empresarial han dejado obsoletos los principios sobre los que se basa la fiscalidad internacional moderna.
Las compañías con mayor presencia en la red tienden a tributar en sus países de residencia
Estos principios, tales como la residencia o el establecimiento permanente, encuentran sus orígenes en trabajos de la Sociedad de Naciones de la década de los veinte y están pensados para una economía industrial, pues hacen depender la jurisdicción que gravará una renta en claves como la presencia física permanente o el país desde el que se efectúa un pago. Todos ellos son conceptos que han quedado obsoletos en la sociedad moderna, donde el peso del sector servicios y los flujos derivados del mismo exceden en mucho a la producción industrial.
La economía digital, asimismo, permite el intercambio de bienes y servicios sin presencia física alguna. Las compañías con mayor presencia en la red tienden a tributar en los países donde son residentes y en los que se sitúa su propiedad industrial. Por el contrario, su contribución a las arcas de los países donde se hallan sus clientes o se producen las ventas es prácticamente nula. Hay una creciente distancia entre el lugar donde se efectúa una transacción y donde se pagan los impuestos derivados de la misma.
Esto trae causa, principalmente, en el hecho que los intangibles y la propiedad industrial son los elementos que mayor valor aportan de todo el proceso empresarial; y este tipo de activo es fácilmente deslocalizable.
La OCDE se enfrenta pues al reto de preservar la recaudación en economías abiertas sin imponer nuevas barreras al comercio internacional o al libre movimiento de capitales.
La OCDE se enfrenta al reto de preservar la recaudación en economías abiertas
La reforma, sin abandonar los principios básicos como la presencia física permanente o el país de la fuente, debe fijar criterios que permitan recaudar el impuesto sobre sociedades de aquellas compañías que operen en la red y tengan una presencia en la nube.
Podemos comprar un objeto o un servicio por internet y estar contratando con una empresa que está establecida en un remoto país y que carece de presencia alguna en España. En este sentido, es de esperar una mayor diferenciación entre los impuestos sobre beneficios y la imposición sobre los consumos.
El impuesto sobre sociedades seguirá, probablemente, pivotando sobre conceptos como el país de residencia o la localización de las marcas u otros intangibles como contribuidores de valor, aunque cabe esperar una interpretación más extensa del concepto de establecimiento permanente y el desarrollo de claves que deriven en tributación sin implicar necesariamente el establecimiento permanente, tales como la “presencia” gravable.
Por el contrario, el IVA y los impuestos especiales se aplicarán cada vez en mayor medida en el país donde se produce el consumo o se cierra la transacción.
Juan José Terraza. Ernst & Young Abogados