Cómo saber si quieren imponerle una cláusula abusiva
Los registradores crean una web para consultar las últimas sentencias.
Sabía que hasta que fue declarada por un tribunal cláusula abusiva (y por ende nula), el banco que le concedía la hipoteca de su casa le podía prohibir alquilar su vivienda a otra persona por cualquier motivo? Pues así era. Al haber una sentencia firme que declaró abusiva esa práctica, como aquella otra de pedir permiso antes al banco para vender el piso cuando este se encuentra hipotecado, las entidades financieras han dejado de incluir esa cláusula en sus contratos.
El Colegio de Registradores anunció ayer esta nueva herramienta online donde los usuarios podrán consultar de manera gratuita los 365 días del año y las 24 horas del día qué cláusulas de las que contienen los contratos que elaboran las empresas han sido declaradas nulas por los tribunales al ser consideradas abusivas. Se puede acceder a través de www.registradores.org, en Acceso Registro Electrónico, si bien no estará operativa para los usuarios no abonados hasta el miércoles o el jueves.
Se trata del Registro de Condiciones Generales de Contratación, creado al calor de la ley del mismo nombre de 1998, que pese a los esfuerzos realizados hasta ahora, ha estado muy infrautilizado. En él los usuarios pueden encontrar dos tipos de información. Por un lado, las ya citadas sentencias de cláusulas abusivas declaradas nulas. Así, si usted está pensando en una compra por internet, en contratar ya sus próximas vacaciones o, incluso, en firmar una hipoteca o iniciar el proceso para cambiar de compañía de telecomunicaciones, puede serle muy útil consultar qué tipo de prácticas suelen intentar imponer las empresas de manera unilateral.
Banca y seguros, los sectores con más condenas por prácticas de abuso
La directora del Servicio Registral de Protección a los Consumidores, Belén Madrazo, explicó que se trata de dar transparencia a estos procesos y evitar que dichas cláusulas se repitan en otros procedimientos, "lo que resuelve miles de conflictos y evita que sea necesario volver a litigar".
La temida letra pequeña
Además de la lista con las sentencias de cláusulas nulas, el registro permite conocer también las condiciones generales de contratación que de manera voluntaria inscriben las empresas. Es la forma de conocer de antemano la redacción de la temida letra pequeña de muchos contratos de compraventa o suministro de servicios que en algún momento siempre han suscitado un auténtico alud de dudas a los consumidores.
Sobre este asunto, tanto Madrazo como el responsable de comunicación de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), Antonino Joya, apelaron al legislador para que en determinados sectores no sea voluntario, sino obligatorio, ese volcado en el registro de las condiciones generales de contratación.
Por las sentencias emitidas hasta ahora, banca y seguros, así como distribución, son las actividades que más litigios generan entre empresas y ciudadanos. "Podemos decir, por tanto, que la letra pequeña se ha hecho grande, y en aquellos casos en que esa letra sea nula, se hará pública para todos los contratantes contribuyendo a dar transparencia al mercado", aseguran en el Colegio de Registradores.
Pero quien hizo la ley...
A pesar de las bondades de poder consultar de manera gratuita qué tipo de cláusulas de los contratos son rechazadas por los jueces, el Colegio de Registradores y la OCU aconsejan fijarse en la redacción. "Ojo, solo son consideradas nulas las cláusulas redactadas de idéntica manera a las afectadas por las sentencias", recuerda Antonino Joya, representante de la OCU.Por ello, los registradores, las organizaciones de consumidores y representantes del Consejo de la Abogacía o el mundo de la judicatura admiten que se han dado casos de conflictos motivados por la misma cláusula que ya había sido declarada nula y lo único que variaba era la redacción. "Era lo mismo, pero expresado de forma distinta". Ya saben que quien hizo la ley... hizo la trampa.