Seguridad jurídica para el automóvil
La Comisión Nacional de Competencia puso ayer la guinda crítica al despropósito legislativo que se ha vivido en las últimas semanas en el sector de la distribución de automóviles en España. El órgano supervisor de competencia emitió un durísimo informe sobre la nueva regulación de los contratos de distribución de automóviles incluida en la Ley de Economía Sostenible gracias al apoyo de CiU y el PP. Una regulación que el Ministerio de Industria y las principales organizaciones empresariales del sector acordaron la semana pasada dejar sin aplicación a través de un pacto de caballeros para evitar los perjuicios que la norma produciría a los fabricantes y su probable repercusión en los precios finales.
En un intento de arreglar el entuerto, Industria se ha comprometido a eliminar la norma a través de una nueva enmienda que podría presentar hoy mismo. Todo ello a la espera de que la futura Ley de Contratos de la Distribución clarifique de una vez por todas el marco jurídico del sector, en estos momentos más agitado que nunca.
El mercado de distribución en general está viviendo una transformación vertiginosa que puede hacer necesaria la revisión de su marco normativo para adaptarlo a una realidad económica en permanente cambio. No es ningún secreto que los nuevos canales de venta -es el caso de internet- han abierto nuevas oportunidades con sus correspondientes nuevos retos, tanto para fabricantes y concesionarios como para los propios consumidores.
Pese a esa oportunidad normativa, el dictamen de Competencia no hace más que confirmar aquello de que en ocasiones hacer una mala ley puede provocar más conflictos que no hacer ninguna ley. En ese sentido, los males que el órgano regulador atribuye a la normativa -desde el perjuicio a la libertad de empresa, a la autonomía de la voluntad de las partes y a la competencia hasta la falta de beneficios para los consumidores- demuestra que esta se redactó sin la prudencia, el conocimiento y la reflexión que se debería presuponer a todo legislador. Sin contar con la queja de no haber contado con la opinión de todos los afectados.
No es la primera vez que se ponen en evidencia las deficiencias técnicas de un texto recién aprobado. Tampoco es nueva la advertencia de que la inclusión de enmiendas en leyes de temática ajena a la regulada no resulta una técnica legislativa recomendable, pese a su uso frecuente por parte de responsables políticos de todo signo. Pero lo realmente insólito es el horizonte de inseguridad jurídica que se ha creado para el sector. Porque pese a ese pacto de caballeros destinado a dejar la ley sin aplicación, a día de hoy la nueva regulación de los contratos de distribución de automóviles está plenamente en vigor y nada impide legalmente que se invoque, con pleno derecho, su aplicación.