La nueva ley contra la morosidad
Nadie duda que la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, que entró en vigor el día 7 de julio, va a tener un importante papel para el sistema económico español. Gracias a esta reforma legislativa se ha materializado un cambio estructural que abre la puerta para que España, con 107 días, no esté en el furgón de cola de los plazos de pago. La nueva ley posibilitará que pasemos a ser un país competitivo en lo referente a los plazos de cobro, al situarlos a niveles similares a la mayoría de los países europeos. Consecuentemente, la nueva ley contra la morosidad reducirá el índice de mortalidad de pymes y autónomos, que con los plazos de pago actuales se hubieran visto abocados a una situación concursal o a la desaparición por falta de liquidez.
No obstante la nueva legislación no ha recogido todas las aspiraciones de los empresarios. En efecto, hubo una enmienda aprobada en el Senado que no consiguió pasar la reválida del Congreso. Esta enmienda presentada por el grupo parlamentario catalán en el Senado de Convergència i Unió establecía que en el plazo máximo de tres meses los contratos en vigor se adaptarían a los plazos de pago establecidos en la disposición transitoria de la ley; es decir, que se reducirían a 85 días en la primera fase de adaptación. Esta importante disposición quería prever una ordenada adaptación de los plazos de pago de los contratos en vigor para garantizar el objetivo de la medida.
Asimismo, otra enmienda transaccional no superó el trámite legislativo en el Senado. Esta propuesta era la de introducir un régimen general de infracciones y sanciones en la futura ley. Esta enmienda pretendía crear el marco legal para que las Administraciones públicas pudieran comprobar de oficio o a instancia de parte, el cumplimiento de lo previsto en la ley contra la morosidad, a cuyo fin podrían desarrollar las actuaciones inspectoras precisas en las correspondientes empresas. Sin embargo no hay que perder la esperanza, ya que existen muchas posibilidades de introducir este régimen de control y sanciones en la futura Ley de Economía Sostenible.
En definitiva, la aprobación de la nueva legislación antimorosidad es sólo el principio de la batalla. Honoré de Balzac escribió: "Las leyes son como las telas de araña, a través de las cuales pasan libremente las moscas grandes y sólo quedan enredadas las pequeñas". Otro intelectual galo, René Descartes afirmó: "Los Estados mejor organizados son los que dictan pocas leyes, pero de riguroso cumplimiento". Consecuentemente, debemos recordar estas máximas y ser conscientes de que nos encontramos en el comienzo de una nueva era, en la que habrá que defender el cumplimiento de la ley para que nuestras empresas sean más competitivas.
Pere Brachfield. Director del Centro de Estudios de Morosologia de EAE Business School