Los jueces dictan concurso de acreedores
Los Juzgados de lo Mercantil números 6 y 7 de Madrid han admitido a trámite la declaración de concurso necesario (la antigua suspensión de pagos) solicitada por varios acreedores de Fórum Filatélico y de Afinsa. La Ley Concursal, que regula las quiebras y las suspensiones de pagos, otorga a los juzgados mercantiles jurisdicción exclusiva y excluyente sobre el caso.
Los titulares de los Juzgados de lo Mercantil números 6 y 7 de Madrid ha entrado en escena en los casos de la presunta estafa de Fórum Filatélico y Afinsa. Ambos han dictado autos en los que han admitido a trámite el concurso necesario realizada por varios de los inversores afectados por ambas empresas.
En un auto de tres páginas el juez del juzgado número 7, Santiago Senent, decide la admisión a trámite de la solicitud de declaración de concurso de Fórum Filatélico realizada por una familia de afectados, según explica Rafael Quecedo, de Quecedo Abogados, el bufete que ha interpuesto la declaración del procedimiento.
La del juzgado número 7 ha sido la primera solicitud admitida a trámite por lo que las posteriores peticiones deberán acumularse en este procedimiento. Así lo establece la Ley Concursal en su artículo 10. El juez pide además a la Audiencia Nacional que le informe 'a la mayor brevedad posible' de las medidas cautelares de carácter personal y patrimonial adoptadas en relación con los administradores de Fórum Filatélico, 'así como de las que hayan podido adoptarse en relación a dicha sociedad'. El juez otorga a Fórum Filatélico cinco días para que presente, si lo desea, un recurso de oposición ante la declaración del concurso de acreedores.
El auto del juzgado de lo mercantil número 6, del juez José Manuel de Vicente, declara en términos similares al anterior y también tras la solicitud de algunos de los inversores afectados, el concurso necesario de Afinsa. También en esta caso el juez solicita toda la información a la Audiencia.
La admisión a trámite de la solicitud del concurso necesario se ha adelantado a la de concurso voluntario presentada la semana pasada por Fórum Filatélico. Se trata de una cuestión importante, ya que la ley premia al empresario que se adelanta y solicita un concurso voluntario, mientras que sucede lo contrario cuando son los acreedores quienes soliciten al juez que abra el procedimiento.
Actuaciones penales y mercantiles
La aparición en escena de los juzgados de lo mercantil 6 y 7 que deberán tramitar los procesos concursales (quiebra o suspensión de pagos) de Afinsa y de Fórum Filatélico no supone una interferencia en las actuaciones penales que sobre ambos casos se siguen en la Audiencia Nacional y para las que la semana pasada se nombró a dos interventores judiciales. Estos deberán compartir tareas a partir de ahora con los administradores concursales que nombren los jueces de lo mercantil. Pero mientras la vía penal sigue en marcha, serán los magistrados de lo mercantil quienes se encarguen de cifrar el patrimonio restante de las empresas y de proceder al reparto entre los acreedores que lo soliciten. Estos jueces también deberán encargarse de los asuntos relacionados con los despidos de los trabajadores de Fórum y Afinsa.