El gancho ficticio de las ventajas fiscales
Desde comienzos de año, las entidades financieras han abierto la nueva temporada de pesca. Los peces son, claro está, los ahorradores y el cebo, 'las ventajas fiscales'. El objetivo es colocar en el mercado productos que en su mayoría son similares a los que había hace un año o más, pero que al no poder competir con altas rentabilidades prometen un 'favorable tratamiento fiscal'. Expresiones como 'líder fiscal', 'grandes ventajas fiscales' o 'atractiva fiscalidad' se suceden en la publicidad. Pero ni un nuevo cambio en el Impuesto sobre la Renta (IRPF) que está en vigor este año avala la proliferación de estas gangas. Nada hay ahora que no hubiera en 2004 o en 2003.
Por el contrario, el inversor sí debe estar muy atento a los cambios que se avecinan y que, en principio, se anunciarán la semana que viene. El IRPF va a sufrir otra reforma y a tenor del programa electoral del partido en el Gobierno, no servirá precisamente para bajar la carga fiscal de las inversiones.
Según los expertos en fiscalidad, la regla general es que se aplica el impuesto vigente en el momento de obtener una renta. Así, un depósito a cinco años que ahora se contrate no tributará con esas 'ventajas fiscales' que se anuncian sino con el régimen que exista cuando en cinco años reciba la ganancia. En el caso de que la reforma suponga mayor carga fiscal en inversiones ahora contratadas, se podría esperar un régimen transitorio que paliara esta situación. En todo caso, los expertos creen que esto es material para la polémica.
Los impuestos que se pagan son los que están vigentes en el año de obtener las ganancias y no los que existan cuando se contrata un producto
Bajo el escenario actual, los ejemplos de productos de ahorro que utilizan al IRPF de reclamo son numerosos, desde los llamados depósitos fiscales (Caja Madrid, Patagon, Uno e, Banco Sabadell son algunas de las entidades que los ofrecen), hasta productos más complejos como el fondo garantizado BBVA Plan Renta 2007 E, que se anuncia con la frase 'grandes ventajas fiscales al disfrutar de la tributación de los fondos de inversión'. Pero ¿es que hay algún fondo que no disfrute de las fiscalidad de los fondos? ¿Es que por uno de lo llamados ahora depósitos fiscales se paga menos impuestos que por otros depósitos a plazo? La respuesta a ambas preguntas es no.
Con el IRPF ahora vigente, se aplican tres tipos de gravamen diferentes a las inversiones. Por los intereses de las cuentas corrientes y de ahorro, de los depósitos a menos de 24 meses, de la deuda pública también a menos de 24 meses y de los fondos de inversión a menos de 12 meses se paga un porcentaje que va del 15% hasta el 45% según el volumen total de rentas que tenga el contribuyente. A mayor importe, mayor pago de impuestos.
Otro tipo de gravamen es esta misma escala general del 15% al 45%, pero con reducciones. Se aplica a lo depósitos a más de 24 meses, cuya reducción es del 40% y de ahí que hayan recibido el nombre de depósitos fiscales. Efectivamente, tienen un ventaja comparativa con una cuenta corriente, pero todo depósito a más de 24 meses disfruta de esta reducción, se llame o no fiscal. Los seguros de vida también llevan reducción (y nadie los llama seguros fiscales) y los dividendos, aunque de una forma peculiar, también tienen reducción llegando a ser tan elevada para rentas muy bajas que supone una devolución de impuestos y no un pago.
El tercer gravamen es un tipo fijo del 15% que se aplica a las ganancias por vender fondos de inversión, acciones o inmuebles pasado más de un año desde su compra. Da igual que el fondo sea garantizado, de renta variable más o de renta fija, todos tributan al 15%.
Para saber dónde está el menor pago de impuestos no hay que quedarse en la superficie de la publicidad. Hay que hacer unos pequeños números para conocer, según el perfil que se tenga, donde están las ventajas fiscales y, dentro de éstos, elegir la inversión que dé mayor rentabilidad. También hay que tener presente una obviedad: sólo pagan impuestos quienes tienen ganancias.
A cada perfil de contribuyente, una inversión
Antes de vender ningún producto financiero, los comerciales de bancos y cajas que tratan con un público no apto para la banca personal deberían analizar el nivel de rentas de sus clientes. Esto les serviría para aconsejar una inversión adecuada a cada perfil fiscal.Como ese ejercicio no es muy habitual, es mejor que el pequeño inversor se autoexamine. Para ello, basta con que se fije en el volumen de sus ingresos (sobre todo, rentas del salario o de la actividad económica que realice) para ver en qué tramo del IRPF se encuentra y qué tipo de gravamen recaerá sobre la mayor parte de sus rentas. Quien sea asalariado puede utilizar el porcentaje de retención sobre el salario. Es sólo un indicador, pero sirve.Así, por ejemplo, quien tenga un nivel medio o bajo de renta (con una retención sobre su salario de entorno al 22%) pagará menos impuestos por los intereses de un depósito a más de dos años que por la ganancia en un fondo de inversión a más de un año. Y, por los dividendos, obtendrá una carga fiscal negativa. Esto convierte a las acciones en la mejor inversión para rentas bajas.Con estas premisas, la elección de un producto debe guiarse por la rentabilidad de cada producto y por aspectos básicos como la necesidad de liquidez y el riesgo que se quiere asumir.En un tramo más alto de rentas, a partir de un 28% de marginal del IRPF, las tornas cambian. Los fondos de inversión son, sin duda, la mejor elección desde el punto de vista fiscal. Si el comercial de un banco insiste en que por un depósito a más de dos años sólo tributa por el 60% de los intereses recibidos y que por las ganancia de un fondo tributa por entero, no se deje engañar. Esto es así, pero luego el porcentaje que se va en impuestos es más alto por los intereses que por los fondos.Para todo tipo de perfiles fiscales, los seguros de vida en los que el capital aportado se rescata pasados cinco años desde el pago de las primas, son el producto de ahorro con mejor trato fiscal.Entre todos los productos que han surgido con ventajas fiscales hay uno que llama la atención. Es el fondo garantizado BBVA Plan Renta 2007 E. Cada tres meses, el partícipe recibe 40 euros por cada 10.000 euros invertidos. Este pago, a modo de intereses, son plusvalías. De hecho, para pagarle 40 euros, se van vendiendo participaciones. Aunque cada vez tenga menos, van aumentando de valor. En el primer año, estos 40 euros soportan una tributación igual a la de los intereses de una cuenta corriente (del 15% al 45%). Pero a partir del segundo, ya van al pago fijo del 15% con lo que para rentas altas y medias, son mejores que los depósitos a dos años.