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CincoSentidos

Cuenta atrás para ajustar la factura fiscal del ejercicio

Con las campanadas de fin de año termina el año fiscal. Al menos para la gran mayoría de las sociedades que deciden que su ejercicio económico coincida con el año natural. En pleno ajetreo navideño, llega el tiempo del ajetreo de gestión empresarial. Es la hora de hacer un gran esfuerzo en el campo de la contabilidad y, al tiempo, de afrontar alguna estrategia que aún permita rebajar la factura final del impuesto de sociedades.

Los expertos del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) aconsejan tomar como punto de partida un borrador del balance y de la cuenta de pérdidas y ganancias de la empresa. En ese momento, para los expertos merecen 'especial atención' varias cuentas. Se trata de vigilar las que reflejan un crédito fiscal por pérdidas pendientes de compensar, la del impuesto sobre beneficios anticipado y la del impuesto sobre beneficios diferidos.

Otra recomendación es analizar todas las declaraciones fiscales presentadas a lo largo del año (retenciones, IVA, pagos fraccionados...) y comprobar que hay coherencia entre todas ellas. Todo tiene que estar cuadrado, tanto la contabilidad por un lado, como las declaraciones fiscales por otro.

Entre las estrategias que todavía se pueden afrontar para no pagar de más a Hacienda, el REAF aconseja identificar qué gastos se han devengado en este ejercicio o en anteriores, pero que aún no se han contabilizado. Según resulten los números, puede interesar contabilizar estos gastos y aprovechar que la norma fiscal permite deducirlos aún cuando se hayan devengado en ejercicios anteriores.

Al igual que ocurre en el IRPF, en el impuesto de sociedades existen deducciones por conductas filantrópicas y solidarias. En este caso permiten deducciones del 35% o del 40% de la donación. Asimismo, hay deducciones por I+D, que en 2004 se ha incrementado.

Dado que las sociedades tributan sobre la diferencia de sus ingresos menos sus gastos, una regla de oro de final de año es aumentar los gastos para reducir al máximo los ingresos. No se trata de hacer trampas sino de gastar ahora en lugar de en enero. No obstante, todo debe responder a la coherencia empresarial.

Cuentas cuadradas

Pero la mayor parte del trabajo de las empresas se centra ahora en la contabilidad. Si la empresa está muy enfocada al comercio, además deberá vérselas con el inventario de existencias, una actividad que gracias a la informática ha hecho que los negocios ya no tengan que cerrar para hacer su recuento.

El primer paso para hacer el cierre contable es cuadrar la contabilidad. Conviene conocer bien los programas informáticos porque los hay que sí y que no permiten asientos descuadrados. Después hay que revisar las fichas del libro mayor una a una y corregir errores. Es conveniente comprobar la declaración de más de 3.000 euros. Con el resultado contable hecho, se hacen ajustes para evitar diferencias entre la norma fiscal y la contable y ya está todo listo para precalcular el impuesto. En tres meses se harán las cuentas anuales y, como tarde, el 25 de julio de 2005 se declarará el impuesto.

Claves para tributar lo justo

Amortizaciones/Hay que cuantificar la amortización (depreciación) contable y compararla con la fiscal, ya que sólo ésta es la deducible. Ante las provisiones, conviene centrarse en las insolvencias. Para que sea deducible esta provisión hay que sacar el detalle por cada deudor y comprobar que las deudas vencieron antes del 1 de julio de 2004.ReinversiónLa reinversión de beneficios extraordinarios permite una deducción que varía según el tipo de gravamen. Si el gravamen es del 35% o el reducido de pymes, se deduce el 20%.Precio aplazadoPor las ventas a plazo, en contabilidad se refleja todo el importe de la operación. Pero fiscalmente se puede declarar a medida que se cobra. Identifique estas operaciones porque el criterio contable es más caro que el fiscal.Bases negativasLas pérdidas más antiguas que este año se pueden compensar son las de 1992, aunque hasta 2007 no se pierde el derecho a aplicarlas. La compensación es optativa.Lo que no deduceNo reducen el impuesto las retribuciones de fondos propios, el propio impuesto de sociedades, las multas, sanciones y recargos, las liberalidades, los fondos internos y las operaciones con paraísos fiscales.

Especialidades de las sociedades patrimoniales

Las entidades sin más actividad económica que la gestión de un patrimonio personal están sometidas al impuesto sobre sociedades. Sin embargo, aplican muchas reglas del IRPF para calcular el importe a pagar al fisco.En síntesis, estas sociedades no disfrutan de la exención por reinversión de participaciones en fondos de inversión. Si tienen ingresos por alquiler de vivienda pueden aplicar una reducción del 50% del rendimiento neto. Pero sólo en el caso de que sus socios sean personas físicas y además residentes en España. Las plusvalías generadas en más de un año tras la venta de activos tributan al 15%, al igual que en el IRPF y mejor que en sociedades. Pero a menos de un año, se aplica el tipo general incrementado del impuesto del 40%. Por eso, en estas sociedades conviene hacer ventas a más de un año.En cuanto a la compensación de bases negativas, también se aplican las reglas del IRPF y no las de las sociedades. Así, por ejemplo, la base negativa por plusvalías a un año no puede mezclarse con la base por el resto de ingresos como así ocurre en el resto de las sociedades.

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