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Pacto de Estabilidad

El Tribunal de Justicia de la UE decidirá sobre el Pacto el 13 de julio

Fuentes del Tribunal de Justicia de la UE han confirmado que éste hará pública el próximo 13 de julio la sentencia sobre la demanda de la Comisión Europea contra la decisión del Consejo de Ministros de Economía y Finanzas (Ecofín) de la Unión de dejar en suspenso la aplicación del Pacto de Estabilidad a Francia y Alemania. El fallo, que deberá adoptarse por consenso de los jueces que forman la sala, será definitivo y no cabe interponer recurso alguno sobre la decisión.

Los ministros de Economía y Finanzas de la UE (Ecofin) decidieron el 25 de noviembre dejar en suspenso la aplicación del Pacto a Francia y Alemania, en situación de déficit excesivo, y dicha decisión fue recurrida el 13 de enero por la Comisión Europea ante el Tribunal de Justicia de la Unión. El 28 de abril, el alto tribunal europeo celebró la vista oral en la que el Ejecutivo pidió que se clarifique la validez del "procedimiento" de aquella reunión del Ecofín, sin entrar en los argumentos "políticos ni económicos".

Por su parte, el Consejo de ministros de la UE ha argumentado que el Tratado de la Unión le concede "un amplio poder de apreciación", que le permite rechazar "recomendaciones" de la Comisión Europea como la relativa a la posibilidad de imponer sanciones a Francia y Alemania por sus déficit excesivos.

En la reunión de noviembre, el Ecofín hizo suyas las medidas económicas y los plazos propuestos por la Comisión para que Francia y Alemania eliminaran sus déficit excesivos, pero descartó toda obligatoriedad y suspendió la perspectiva de sanciones. Los ministros se limitaron a aprobar unas "conclusiones", en vez de la "decisión", de valor vinculante, requerida por el mecanismo sancionador del Pacto. Según señalaron los representantes del Consejo durante la vista oral, el Tratado "no prevé automatismo" ni establece la facultad de reaccionar como una obligación a las recomendaciones de la Comisión.

Asimismo señalaron que el Consejo de ministros "debe proceder a una apreciación política y económica de las circunstancias" y que reducir su papel "a una simple constatación de hechos informados por la Comisión, después de lo cual sería obligado a tomar una u otra decisión, se convertiría en un desvío del procedimiento". Por su parte, la Comisión Europa considera que, con su decisión, el Ecofin no respetó el "procedimiento preciso y vinculante que debe seguir cuando es llamado a aplicar los párrafos 8 y 9 del artículo 104 del tratado".

Si se hubiera aplicado el artículo 104 (párrafos 8 y 9), hubiera supuesto someter de hecho las cuentas públicas de Francia y Alemania a la tutela de Bruselas. La Comisión ha solicitado al Tribunal que anule el rechazo de sus recomendaciones por parte del Consejo, así como las conclusiones aprobadas en su reunión de noviembre. El Tribunal, a petición de la Comisión Europea, ha tramitado este caso por procedimiento acelerado sistema que sólo se había utilizado anteriormente en dos ocasiones.

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