La siderurgia ante Kioto
La directiva europea sobre el mercado de emisiones puede afectar muy seriamente a la competitividad y el crecimiento de la siderurgia española, según el autor. En su opinión, la aplicación que se intenta de dicha norma altera la competencia y distorsiona el conjunto de la economía
Los países industrializados deben reducir, según el Protocolo de Kioto, sus emisiones de CO2 equivalente en un 5,2%, tomando como referencia el año 1990. En la Unión Europea esta reducción se concreta en un 8%, después del reparto interno del Consejo de Luxemburgo de junio de 1998 en el que se tuvo en cuenta el desarrollo industrial de cada país. En este reparto, España puede llegar a incrementar sus emisiones en un 15%.
Para facilitar el cumplimiento de estos compromisos, el Protocolo de Kioto introdujo la posibilidad de que dichos países pudieran hacer uso de un conjunto de mecanismos de flexibilización basados en el mercado: el comercio de derechos de emisión, la aplicación conjunta y el mecanismo de desarrollo limpio.
La Unión Europea emitió en octubre de 2003 una Directiva que establece un marco regulador para el comercio de los derechos de emisión de los gases de efecto invernadero, limitando la cantidad total de las emisiones derivadas de los mismos. Sin embargo, esta regulación sólo abarca un conjunto de actividades industriales que representan aproximadamente el 46% del total de las emisiones que se producen en la Unión Europea, quedando fuera sectores tan importantes como el transporte, responsable de un 23 % de las emisiones de CO2 en España. En 2003 las emisiones de gases de efecto invernadero habían superando ampliamente en España el compromiso adquirido para nuestro país, por lo que el cumplimiento de Kioto va a suponer un difícil reto.
Un aspecto no suficientemente divulgado hasta ahora es que el compromiso adquirido por España supone una emisión per cápita de las más bajas de la Unión Europea. Mientras que Luxemburgo podrá emitir 16,8 toneladas de CO2 per cápita y Alemania 11,2; a España se le exigirá una emisión máxima de 8,2 toneladas de CO2 per cápita, un nivel excesivamente bajo, una exigencia excesiva, si tenemos en cuenta el importante desarrollo económico de los últimos años, que implica, como es bien conocido, un crecimiento paralelo de las emisiones de CO2. El cumplimiento de estos niveles tan desmesurados podría comprometer la convergencia con la Unión Europea en términos de PIB per cápita.
En términos absolutos, las emisiones por encima del compromiso adquirido suponen ya más de 57 millones de toneladas equivalentes de CO2. Según el esquema propuesto en la Directiva, España sería un comprador masivo de derechos de emisión, lo que conllevaría un importante coste económico que haría peligrar la competitividad de nuestro sector industrial. Además, los propios Estados miembros pueden asignar bajo subasta un 5% de los derechos de emisión, lo que agravaría aún más la situación de los sectores afectados.
La siderurgia se encuentra inicialmente en una posición favorable al emitir 14 millones de toneladas de CO2 en 1990 y 10,9 en 2002, debido a la mejora de la eficiencia energética, el empleo de gas natural y la sustitución parcial de la ruta integral por acerías eléctricas en la fabricación del acero. Así lo ha reconocido el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía. Pero la previsión de ahorros energéticos en el futuro es muy limitada. La Unión Europea ha lanzado un proyecto de investigación a largo plazo, llamado ULCOS, para desarrollar nuevas tecnologías para la fabricación del acero con bajas emisiones de CO2. Salvando esta iniciativa, no se esperan reducciones apreciables de las emisiones en el proceso siderúrgico.
El sector siderúrgico es un gran consumidor de energía, está sometido a una severa competencia internacional, no dispone de capacidad para repercutir en los productos finales los extracostes de producción y cuenta con un importante potencial de crecimiento a corto y medio plazo. A escala nacional somos importadores netos de acero, lo que hace que el esquema propuesto de Comercio de Emisiones de gases de efecto invernadero sea un elemento que, lejos de flexibilizar el cumplimiento de los compromisos de Kioto, llevaría a limitar el crecimiento del subsector, puesto que cualquier expansión incurriría en un sobrecoste que perjudicaría la competitividad de sus productos en el mercado.
Y dado que somos deficitarios en cuatro o cinco millones de toneladas de acero, ¿qué nuevo empresario se instalaría aquí para cubrir ese déficit, o qué empresa de las existentes estará interesada en aumentar su producción dentro de nuestras fronteras?
En consecuencia, la Directiva corre el riesgo de afectar muy seriamente la competitividad y perspectivas de crecimiento de la siderurgia española, hasta el punto de introducir una serie de incertidumbres sobre el escenario futuro de operación de las instalaciones industriales que impedirían nuevas inversiones en los escenarios actuales, induciendo a las empresas a hipotéticos traslados a otros países con menor presión medioambiental.
La siderurgia es consciente de los riesgos que conlleva el cambio climático y reconoce que el Protocolo de Kioto constituye la única iniciativa de alcance global surgida hasta el momento para mitigarlos, pero lo es también de que la aplicación que se está intentando no reparte adecuadamente la carga ni entre los diversos países ni entre los diferentes sectores, altera la competencia y, en definitiva, distorsiona el conjunto de la economía.