Cambia el panorama para los mercados de valores europeos
Las normas aprobadas ayer por el Parlamento Europeo no sólo armonizan la industria de valores. También establecen un nuevo marco de juego para Bolsas, intermediarios y actores alternativos.
La directiva de servicios de inversión es, dentro del ya aburrido y a veces kafkiano mundo de la legislación comunitaria, uno de los textos con mayor, y merecida, fama de ladrillo. Pero desde los sucesivos fracasos en la regulación de las opas, pocos textos han levantado tantas ampollas. La norma regula la competencia de las Bolsas tradicionales con mercados electrónicos y con las propias entidades financieras, que en países como Reino Unido hacen de Bolsa.
Un negocio muy jugoso a repartir y un abanico de prácticas financieras tan amplio como la propia Unión han complicado la aprobación del texto. æpermil;ste regula un marco legal en el que las Bolsas ya no son proveedores de servicios al público-compraventa de valores-, sino empresas competidoras entre ellas y con terceros agentes. En este sentido, la directiva ha basculado entre la necesidad de garantizar la libre competencia y la de proteger al pequeño inversor.
La polémica ha llegado al toparse los legisladores con la banca británica, acostumbrada a hacer operaciones de sus clientes sin llevar las órdenes al mercado, dando liquidez o cruzándolas con órdenes de otros clientes. Este procedimiento, llamado internalización, es común en Londres dado que el sistema de negociación es similar. Los inversores piden comprar o vender, y es un creador de mercado quien se ofrece como contrapartida por cuenta propia. Este tipo de negociación funciona en los mercados de deuda pública del resto de Europa, pero no en las Bolsas, donde las órdenes se cruzan entre ellas. La directiva, en principio, admite esta práctica sólo cuando redunda en beneficio del inversor y estableciendo que el precio y las condiciones de la operación han de ser públicos. Esta transparencia podría ser a priori -antes de la operación- o a posteriori.
'La transparencia a priori acabaría con la internalización al elevar los costes. Además, obligaría a publicar las posiciones de los inversores antes de llegar al mercado. Pero la transparencia a posteriori implicaría que las entidades internalicen aquellas órdenes más casables, las que dan liquidez al mercado. Sólo enviarían a la Bolsa aquellas difíciles de cruzar', explican fuentes del mercado.
Para un mercado como el español, la internalización plantea problemas en ámbitos, como el regulatorio -'no se puede supervisar a quien intercambia acciones en una cafetería', señalan fuentes del sector-, en la atomización de la liquidez o en potenciales conflictos de intereses en los bancos. Además, según un estudio de la CNMV, las horquillas de precios efectivas en Londres duplican a las del continente.
La solución final satisface más la postura continental. Para operaciones de tamaño normal se exige transparencia a priori, pero no en compraventas de gran calado. 'En colocaciones grandes el banco que internaliza da valor añadido al vendedor, que no puede sacar una orden millonaria al mercado. Ahí tiene sentido incentivar la internalización', explican fuentes del mercado.
De todas formas, la redacción final deja margen a los Estados a la hora de ser traspuesta, lo que puede mitigar los efectos sobre el sector financiero británico de la obligatoriedad de la transparencia a priori. La reacción entre los bancos de inversión es de resignación. Si bien en un primer momento presionaron a favor de la internalización, durante el trámite habían rebajado sus expectativas.
Puerta abierta a las Bolsas alternativas
MTF, ATS y otros juegos de siglas definen a los mercados bursátiles alternativos, que con la nueva directiva ven abiertas las puertas de Europa. Las firmas de inversión podrán canalizar las órdenes de sus clientes fuera de los mercados oficiales a redes de negociación de toda la Unión Europea. En algunos países se obligaba a que las órdenes de compraventa fuesen a las Bolsas oficiales.Este tipo de normas ha cortado el desarrollo de los sistemas electrónicos. Ha habido varios intentos, promovidos casi siempre por grandes bancos de inversión. Pero no han terminado de cuajar más que en la negociación de renta fija. La directiva actual permitiría, por ejemplo, la creación de un mercado paneuropeo en competencia con las Bolsas.En Estados Unidos los mercados alternativos se llevan buena parte de la negociación bursátil, y es donde se negocian valores fuera del horario. La UE los permite siempre que los precios sean públicos, pero algunos expertos alertan del posible conflicto que se puede producir cuando la empresa propietaria del mercado alternativo es propietaria, también, del canal a través del que se comunican los precios.
Renuncia a exigir informes trimestrales
Las mejores empresas no consideran la transparencia una carga, sino una inversión', señaló ayer el comisario europeo de Mercado Interior, Frits Bolkestein tras la aprobación en el Parlamento Europeo de la directiva sobre normas de información para las empresas cotizadas.La nueva ley, que aún deberá recibir el visto bueno del consejo de Ministros de la UE, impone a las empresas cotizadas la obligación de publicar un informe financiero cuatro meses después, como mucho, del cierre del ejercicio. El informe semestral deberá ser casi tan detallado como ese anual. Pero la UE renuncia a la exigencia de informes trimestrales, sustituyéndolos por una simple declaración provisional sobre gestión de la empresa. La UE quiere evitar que se ponga un énfasis especial en los resultados a corto plazo de las empresas cotizadas.La nueva ley obligará a las autoridades bursátiles a imponer plazos muy estrictos para que las empresas cotizadas comuniquen los cambios importantes en su estructura accionarial. La norma reconoce, no obstante, la supremacía de la legislación del país de origen de la cotizada, que es la que deben respetar.